Culiacán, Sin. - En sesión del pleno, el Tribunal Electoral de Sinaloa determinó la existencia de una infracción personalizada atribuida a , en un procedimiento sancionador ordinario, con lo que se confirmó por mayoría el acuerdo del Instituto Estatal Electoral.

Con el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral Federal, en el expediente SG-JG- 46-2026, mediante el cual se revocó en forma parcial la resolución emitida por este tribunal y se ordenó emitir una nueva determinación, con un análisis exhaustivo de los elementos temporales y objetivos.

El Tribunal Electoral de Sinaloa consideró infundado el agravio, señalado por el promovente consistente en la incorrecta acreditación del elemento temporal.

Para llegar a dicha determinación, se realizó un relevantes atendiendo su contenido, alcance y relación con la circunstancia de tiempo.

Durante la sesión del pleno, se examinó la secuencia de publicaciones, reuniones, asambleas y demás actos de difusión realizados entre agosto del 2025 y mayo de 2026, así como las manifestaciones relacionadas con las aspiraciones políticas de la denunciada.

A partir de la valoración conjunta de estos elementos, se concluyó que las conductas acreditadas guardan proximidad con el proceso electoral local 2026-2027 e inciden en este por lo que se satisface el elemento temporal conforme a la jurisprudencia 12/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

[Publicidad]

El pasado 22 de agosto, la resolución del Instituto Estatal Electoral que declaró inexistentes los actos anticipados de precampaña atribuidos a la Senadora de MORENA con licencia, Imelda Castro Castro, fue impugnada por el Partido Acción Nacional, por considerar que la denuncia fue analizada de manera superficial y fragmentada.

Wendy Barajas Cortes, líder estatal del blanquiazul, criticó que el órgano electoral alude que no existe una campaña anticipada porque no aparece las palabras “vota por mí”, es cerrar los ojos ante las bardas que aparecen pintadas, los eventos con publicaciones pagadas y el posicionamiento sistemático de su imagen por todo Sinaloa.

Comentó que su representante jurídico ante el órgano electoral observa que esta es la cuarta resolución del Instituto, después de que .

[Publicidad]

Subrayó que el Instituto Estatal Electoral tiene la obligación de valorar íntegramente los mensajes, las imágenes, la temporalidad y el contexto e investigar afondo el origen del dinero que lleva gastado y su procedencia.

Barajas Castro explicó que se analizan las vías jurídicas a seguir para combatir nuevamente esta resolución, ya que no va a permitir que miembros de MORENA hagan campañas anticipadas, mientras las autoridades electorales deciden voltear a otro lado, para no ver lo que sucede.

También te puede interesar

[Publicidad]

[Publicidad]

dmrr/cr

TEMAS RELACIONADOS

Google News

[Publicidad]