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Legalizan detención del director de la Policía Municipal de Álamo, Veracruz

El comandante y seis de sus agentes fueron detenidos por sus presuntos vínculos con la delincuencia organizada; se les acusó formalmente de presuntos delitos de ultrajes a la autoridad, daños y tentativa de homicidio

Foto: Especial
10/08/2020 |18:31Edgar Ávila / Corresponsal |
Redacción El Universal
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Un Juez de Control legalizó la detención del comandante de la y seis de sus agentes, a quienes les dictó como medida cautelar prisión preventiva por un año.





A los agentes, quienes fueron detenidos el pasado fin de semana en el norte de Veracruz por sus presuntos vínculos con la delincuencia organizada , se les acusó formalmente de los presuntos delitos de ultrajes a la autoridad, daños y tentativa de homicidio.

Así como de delitos contra la salud en su modalidad de narco menudeo en su forma de posesión simple de marihuana.

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El Gobierno estatal señaló al director de la corporación de tener presuntos nexos con Agustín “N”, alias "El Guty" o comandante "Jaguar", líder del grupo delictivo Sombra, exintegrantes del Cártel del Golfo .

Además los consideran presuntos responsables de diferentes delitos como secuestro y extorsión en la poderosa región económica, donde se cultivan y exportan miles de hectáreas de cítricos.

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Al momento de la captura, Guillermo "N", director de la policía municipal de Álamo, reconoció haber recibido fuertes sumas de dinero como sobornos, por parte del "El Guty" o comandante "Jaguar".

Mientras que Daniel Antonio "N", Martín "N", Filiberto Alejandro "N", Pedro "N", José Israel "N" y Francisco Javier "N" habrían participado en delitos perpetrados en dicha zona.

Durante audiencia, una Juez de Control les imputó por los delitos referidos, sin embargo no fueron vinculados a proceso debido a que su defensa pidió ampliación del término constitucional.

De tal forma que se fijó el próximo sábado 15 para continuar la Audiencia Inicial. Y ante petición de la Fiscalía General del Estado se dictó medida cautelar de prisión preventiva oficiosa de un año a los siete.

afcl/rcr

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