[Publicidad]
El gobernador de Nayarit , Miguel Ángel Navarro , ofreció una disculpa pública , luego de que se difundieran imágenes en redes sociales de la bandera nacional mexicana teñida con los colores alusivos al partido de Morena , esto, en el marco de la conmemoración del 175 aniversario de la Gesta Heroica de los Niños Héroes de Chapultepec .
Por medio de Twitter , el mandatario de la entidad solicitó "respetuosamente me acepten una disculpa pública".
"Solicito respetuosamente me acepten una disculpa pública, a nombre del Gobierno del Estado, y el mío propio, por haberse trastocado los colores de nuestra enseña nacional. Miguel Ángel Navarro Quintero Gobernador de Nayarit", se lee en el tuit.
Lee también: VIDEO. Grupo armado de Chenalhó embosca a soldados en Chiapas; liberan a militar más tarde
¿Qué dice la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional?
De acuerdo con el artículo 56 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional , constituyen infracción a esta Ley las siguientes conductas:
-Alterar o modificar las características de la Bandera Nacional establecidas en el artículo 3o. de esta Ley.
[Publicidad]
-Utilizar el Escudo Nacional sin la autorización a que se refiere el artículo 6o. de esta Ley.
-Inscribir en la Bandera Nacional la denominación o razón social de las Instituciones sin la autorización a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de esta Ley.
-Comercializar ejemplares de la Bandera Nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones, incluyendo las previstas por el artículo 7o. de esta Ley.
[Publicidad]
-Omitir rendir honores a la Bandera Nacional en términos del artículo 11 de esta Ley.
Lee también: Aparatoso choque de grúa pesada contra 5 autos en la México-Toluca deja al menos 2 heridos
-Inscribir en la Bandera Nacional el nombre de personas físicas o Instituciones para promover su imagen, bienes o servicios en contravención de lo señalado en el artículo 32 Bis de esta Ley.
[Publicidad]
-Portar la banda presidencial.
-Alterar la letra o música del Himno Nacional que establecen los artículos 57 y 58 de esta Ley, y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos, en contravención de lo previsto en el artículo 39 del presente ordenamiento.
-Cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro, en contravención de lo previsto en el artículo 39 de esta Ley.
[Publicidad]
-Cantar o ejecutar los himnos de otras naciones, sin la autorización a que se refiere el segundo párrafo del artículo 39 de esta Ley.
-Omitir la transmisión del Himno Nacional en los tiempos del Estado, en términos del artículo 41 de esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Suscríbete aquí para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión, planes para el fin de semana, Qatar 2022 y muchas opciones más.
[Publicidad]
aosr/rmlgv
[Publicidad]
Más información

Menú
Por qué es bueno comer huitlacoche, el hongo de la temporada

Nación
Profepa rescata a un coyote en vivienda del Edomex; el ejemplar estaba encadenado

Tendencias
Día del Gato: ¿por qué se celebra tres veces?; actividades en CDMX para festejar a los michis

Mundo
Cáncer de próstata de Joe Biden se ha extendido, revela su hijo Hunter; "ha hecho metástasis en sus huesos y más allá"

Al día
Tráfico en CDMX: Marchas y eventos pueden complicar tus traslados este sábado

Al día
Diana Sánchez Barrios ayuda a vecinos de la Unidad Tlatelolco, les dona material para la basura

Fútbol
¡Dolor a la pulga! Fallece el padre de Lionel Messi tras una larga batalla contra una enfermedad

Impresa
Portada El Gráfico | Sábado 8 de agosto de 2026






