Irene Levy

Grupo Radio Centro y la malicia efectiva

Qué conveniente contratar a Aristegui cuando Aguirre tiene varios asuntos irregulares con sus estaciones, incluyendo las cuatro estaciones de AM que mantiene fuera del aire

25/02/2019 |04:02
Redacción El Universal
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Como le adelanté en mi columna del lunes pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó por unanimidad la sentencia que daba la razón a Joaquín Vargas en su demanda contra Carmen Aristegui por el supuesto daño moral causado por el contenido del prólogo, escrito por la propia Carmen, en el libro La Casa Blanca de Peña Nieto de Daniel Lizárraga, Rafael Cabrera, Irving Huerta y Sebastián Barragán (Grijalbo, 2015), en el que se documenta el famoso escándalo sobre algunos negocios inmobiliarios de la familia de Peña.

El 15 de marzo de 2015, se anunció la salida de Carmen Aristegui de MVS radio después de una ardua polémica en torno al lanzamiento de la plataforma Mexicoleaks. Después de su despido, vino la publicación del libro y la demanda de Joaquín Vargas, quien argumentó, entre otras cuestiones, que ciertas referencias que hizo Aristegui en su prólogo, como cuando se refiere a su “derrumbe moral y el de sus hermanos”, o bien que la empresa obtuvo de forma expedita, por parte de un tribunal federal, dos fallos favorables en los asuntos del must carry-must offer, así como la concesión de una prórroga del uso de la banda 2.5 GHz., eran falsas y que le causaban daño a su imagen.

Ahora, la SCJN devolvió el expediente al Tribunal Colegiado para que emita una nueva resolución, tomando en cuenta lo siguiente:

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1. En efecto, existe una colisión entre la libertad de expresión y el derecho al honor.

2. Joaquín Vargas debe ser considerado como persona privada con proyección pública y por tanto debe tolerar un mayor grado de intromisión en su derecho al honor al que están sujetos el resto de las personas privadas. Carmen Aristegui, por su parte, es una periodista en ejercicio de su profesión, por ello resulta aplicable el estándar de “malicia efectiva” , que requiere, para la existencia de una condena por daño moral por la emisión de opiniones, ideas o juicios, que haya existido intención de dañar. Así, cuando existe una pugna entre el honor y el derecho a la información, y se trata de una persona privada con proyección pública, es menester que la información difundida sea falsa y que se difunda a sabiendas de su falsedad, para que proceda la sanción.

3. Las manifestaciones realizadas por Carmen Aristegui en el prólogo del libro mencionado, son percepciones y opiniones y no información; adicionalmente no se consideran ni ofensivas ni están fuera de contexto, sólo expresan “el sentir de la periodista”.

4. Bajo el estándar de “malicia efectiva” , no podían exigirle a Carmen Aristegui probar la veracidad de sus dichos, debió haber sido Joaquín Vargas quien lo acreditara (con lo complicado que resulta probar hechos negativos).

Ya hay varios precedentes en este sentido, de cualquier forma es relevante la sentencia por lo político y polémico del caso.

Grupo Radio Centro.

¿Dónde estuvo Francisco Aguirre, dueño de Radio Centro, del 15 de marzo de 2015 al 1 de julio de 2018, y por qué no le ofreció entonces, cuando Carmen era incómoda al régimen, el noticiero matutino en alguna de las varias estaciones de radio que opera? Qué conveniente contratar a Aristegui cuando Aguirre tiene varios asuntos irregulares con sus estaciones, incluyendo las cuatro estaciones de AM que mantiene fuera del aire, de las cuales tres: la 790, la 1030 y la 1150, no suenan desde mayo de 2017, y RadioRed 1110 AM, desde este 18 de enero.

¿Qué falla técnica puede justificar el incumplimiento del artículo 157 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que obliga a la continuidad del servicio, y que únicamente prevé la suspensión de transmisiones por hecho fortuito o causa de fuerza mayor? Así, a casi dos años de la salida del aire de tres estaciones de radio, el Instituto Federal de Telecomunicaciones debe iniciar el procedimiento de revocación de estas concesiones y permitir que alguien más las opere. La pregunta es ¿cómo juega la contratación de Carmen Aristegui en esto? No me malinterprete, me congratulo enormemente de que tenga un espacio en la radio, hará falta su siempre documentada y directa crítica también al gobierno actual, sólo pongo en contexto algunos temas porque claramente una de las razones de peso de su contratación fue política y Carmen podría estar siendo utilizada como escudo. Al tiempo.

Presidenta de Observatel, profesora de la Universidad Iberoamericana, miembro del Comité de Participación Ciudadana del SNA. Este artículo refleja su posición personal @soyirenelevy