cartera@eluniversal.com.mx

A partir de febrero de 2018, los contribuyentes podrán pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) por petróleo, gas natural, carbón y gas LP con bonos de Carbono.

Los fabricantes, productores e importadores por la enajenación e importación que realicen de estos combustibles fósiles, tendrán esta opción para cumplir con sus obligaciones ante el fisco y para reducir las emisiones de carbono bajo el Protocolo de Kioto.

Durante el primer año, el pago mediante bonos de carbono del gravamen únicamente procederá hasta por un monto máximo de 20% del impuesto que se deba cubrir en las declaraciones mensuales.

De acuerdo con las reglas emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el valor de mercado de los bonos de carbono será el que corresponda a la cotización de cierre de las Reducciones Certificadas de Emisiones del día inmediato anterior a aquel en que se realice el pago del IEPS.

El SAT transferirá los bono al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), para su venta al público en los mercados de bonos de carbono conforme a las disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

La venta no podrá realizarse por una cantidad menor al valor de cotización de cierre correspondiente al día inmediato anterior a aquel en que se lleve a cabo dicha venta, publicado en la página del mercado europeo o en otro previsto por las autoridades.

El pago. Para el pago del IEPS a través de la entrega de bonos de carbono, Hacienda estableció ciertos requisitos que los interesados deberán cumplir.

Tendrán que manifestar el valor unitario de cotización de cierre de los bonos de carbono expresado en euros, el valor unitario de los bonos de carbono en moneda nacional; la cantidad de bonos de carbono transferidos, y el valor en moneda nacional de la totalidad de los bonos correspondientes al IEPS a pagar.

En el caso de que los bonos de carbono transferidos tengan un valor superior al monto del IEPS que se cubra, el excedente no dará lugar a compensación, acreditamiento o devolución alguna.

El referente para el valor de dichos instrumentos será el mercado europeo de emisiones que se comercializan a través de la Bolsa Europea de Energía.

Qué son. La SHCP define a un bono de carbono como un instrumento económico contemplado en el Protocolo de Kioto expresado en certificados de reducción de emisiones (CERs), avalados por el Mecanismo de Desarrollo Limpio de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dentro de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Cada bono de carbono equivale a una tonelada de bióxido de carbono equivalente que ha sido dejada de emitir a la atmósfera.

Los bonos deben tener como origen proyectos desarrollados en México, avalados por la ONU dentro de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que se hayan emitido a partir del 1 de enero de 2014 y que correspondan al segundo periodo de compromisos del Protocolo de Kioto.

Se entenderá que cumplen con los requisitos cuando se encuentren listados en la página de internet de la Secretaría del Medio Ambiente, quien tendrá que obtener la información del Registro del Mecanismo de Desarrollo Limpio de la Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático para la elaboración del listado, el cual se dará a conocer durante los primeros cinco días hábiles de cada mes de calendario.

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses