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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) ordenó a la SEP dar a conocer el número de empleados de la dependencia denunciados por abuso sexual, violación y acoso sexual, dentro y fuera de escuelas de educación inicial y básica del 1 de enero de 2010 al 8 de enero de 2017.
La información deberá estar desglosada por entidad federativa, año y mes de denuncia, nombre de la escuela, nivel educativo, tipo de víctima (menor o adulto) y cargo y/o puesto de quien fue denunciado, con excepción de que se trate de cargos únicos, en cuyo caso, deberá entregar, de forma disociada dicha información, de forma tal que no sea posible identificar el cargo y/o puesto de quien fue denunciado con el nombre de la escuela.
Así lo determino el pleno del INAI al resolver un recurso de revisión interpuesto por un particular que solicitó conocer dicha información de cada entidad federativa; en respuesta, la SEP le proporcionó sólo datos de la Ciudad de México.
En alegatos, la dependencia se declaró incompetente para conocer la información de cada entidad federativa, al señalar que la educación básica es descentralizada, por lo que orientó al particular a solicitar los datos de su interés a las autoridades de educación estatales.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña se determinó que si bien los gobiernos estatales son los encargados de dirigir los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y para la formación de maestros; ello no implica que el gobierno federal deje de atender la educación pública.
Además el Informe Nacional sobre Violencia de Género en la Educación Básica en México, elaborado por la SEP, se advirtió que la dependencia cuenta con datos estadísticos sobre agresiones físicas que ha recibido el alumnado de instituciones de educación básica de distintas partes del país.
Por otro lado, y en atención a la Recomendación número 55/2013, emitida por la CNDH, se advierte que la SEP ha recibido diversas recomendaciones derivadas de casos de la violación a los derechos a la integridad personal, libertad sexual, educación, sano desarrollo, trato digno y seguridad jurídica de alumnos de educación básica.
Además, se verificó que la dependencia no buscó la información en todas sus unidades administrativas competentes, como es la Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa, que por sus atribuciones puede conocer los datos solicitados.
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