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Los imputados que permanezcan más de dos años en prisión preventiva sin que se les dicte sentencia definitiva podrán solicitar ser liberados inmediatamente por la vía de amparo, según un criterio establecido por el juez Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.

El criterio fue confirmado por los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en materias Penal y Civil de ese estado.

La resolución reconoce que conforme al nuevo Sistema de Justicia Penal, entre los derechos de los imputados está el que la prisión preventiva no puede exceder de la pena máxima que establece la ley en el delito por el que está sujeto a proceso y en ningún caso será superior a dos años.

La liberación puede ser tramitada mediante la vía de amparo para comprobar que se cumplen los requisitos por los cuales la autoridad ha sido omisa y sea un juez en esa materia quien ordene la liberación del vinculado a proceso.

Este beneficio no aplica cuando la demora para dictar sentencia se deba a que la defensa así lo solicite.

Por ello, el juez antes mencionado consideró que la actuación de las autoridades que conocen de la causa penal es apegada a derecho.

Dicha previsión fue recientemente aplicada a Xochilt Tress, a quien se le vinculó a proceso por enriquecimiento ilícito derivado de la red de desvíos de recursos públicos supuestamente liderada por el ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, de quien se ha dicho fue pareja sentimental.

Si las autoridades no justifican la tardanza en el dictado de sentencia en los casos de Duarte y Tress, estos podrían solicitar la libertad de acuerdo al nuevo sistema de justicia penal.

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