Una frase atribuida al célebre matemático griego Pitágoras: “educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres”, parece condensar, desde hace siglos, la enorme relevancia de la educación en la formación de personas comprometidas con la justicia y el bien común.

La teoría de los Derechos Humanos ha destacado el papel que posee el derecho a la educación para potenciar el ejercicio y disfrute de los demás derechos, tanto en el plano civil, como en los planos político, económico, social y cultural. Al formar a las personas y dotarlas de autonomía y responsabilidad, la educación nos habilita como miembros de una comunidad y, al mismo tiempo, nos brinda mejores oportunidades para el goce de prerrogativas y el acceso a bienes sociales.

La influencia de la educación en la construcción de sociedades más justas y desarrolladas es determinante. Como lo han señalado algunas interpretaciones jurídicas, además de una vertiente subjetiva ―en tanto derecho individual―, el derecho a la educación reviste una dimensión social, ya que el funcionamiento de una sociedad democrática requiere de la existencia de personas educadas.

Históricamente, una de las principales tareas de la educación fue la alfabetización, pues permitía no sólo comunicar entre sí a los miembros de una sociedad, sino divulgar y adquirir conocimientos sobre los aspectos más diversos. El grado de alfabetización de un país indica, a grandes rasgos, su nivel de desarrollo. En nuestro país todavía a finales del convulso siglo XIX, hacia 1895, alrededor de 82% de la población era analfabeta. Este nivel de analfabetismo era similar al que habían registrado algunos países de Europa occidental diez siglos antes, en la Baja Edad Media.

A pesar de que el orden jurídico mexicano ya concebía a la enseñanza elemental como libre, gratuita y obligatoria ―en virtud de la Ley de Instrucción Pública de 1867 y la Ley Reglamentaria de Instrucción de 1891―, la escasa penetración de la educación en la sociedad mexicana era patente. ¿Cómo esperar que una sociedad en rezago y con bajísimos niveles educativos ejerciera plenamente sus derechos civiles y políticos? Como respuesta, la Constitución de 1917 ratificó el carácter libre, laico y gratuito de la educación pública en México en su artículo 3° y, más importante aún, se convirtió en la base jurídica para un amplio proyecto educativo que extendió la cobertura educativa a prácticamente todos los rincones del país.

Desde entonces, y más claramente con la reforma en materia de Derechos Humanos, el derecho a la educación ha sido progresivo. De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el principio de progresividad ordena ampliar el alcance y la protección de los derechos en la mayor medida posible hasta lograr su plena efectividad. En otras palabras, todo derecho reconocido debe ser concebido como el punto de partida para su desarrollo gradual y, al mismo tiempo, como lo mínimo que debe ser garantizado por el Estado mexicano.

Esta progresividad en el derecho a la educación puede comprobarse en las sucesivas reformas. En 1946 se dispuso que la educación fuera democrática, considerando la democracia como un sistema de vida fundado en el mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. En 1993 se reconoció el carácter obligatorio de la educación secundaria, en 2002 se extendió la obligatoriedad de la educación al nivel preescolar y en 2012 a la educación media superior. Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que el Estado mexicano tiene la obligación de implantar progresivamente la gratuidad de la educación superior.

Con el objetivo de mejorar los procesos educativos y el aprendizaje, la más reciente reforma educativa incluyó una nueva obligación para el Estado: garantizar el derecho de los alumnos a recibir un servicio educativo de calidad impartido por docentes calificados.

Por tratarse de una política de Estado con profundas implicaciones sociales, el derecho a la educación debe ampliarse no sólo para garantizar su calidad, sino para cerrar brechas de desigualdad entre todos los miembros de la sociedad y para fortalecer la formación y actualización permanente de nuestros docentes. No debe olvidarse que el objetivo final de la educación no sólo es el desarrollo de nuestras capacidades individuales, también el fomento de los derechos humanos y los valores democráticos. Sólo una sociedad educada podrá estar comprometida con la justicia y el bien común.

Consejero de la Judicatura Federal

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