Como lo comenté en mi artículo anterior, en las últimas semanas se han llevado a cabo mesas de trabajo entre diputados de la Comisión de Vigilancia y funcionarios de la Auditoría Superior de la Federación (ASF). Este artículo tratará sobre algunos datos presentados por el titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos que se refieren a las “vinculaciones a proceso”, donde dio a conocer un grupo de denuncias penales que se encuentran en esa condición.

En los datos públicos que pueden ser consultados en el último informe semestral que entrega la ASF a la Cámara de Diputados con corte al 30 de septiembre de 2022, se presenta el estatus de las 1,138 denuncias penales presentadas por el órgano fiscalizador de las cuentas públicas 1998 a 2020. Ahí se identifican 34 denuncias en un estado procesal de “judicializadas”, de éstas, 17 derivan de denuncias realizadas por la Auditoría Especial de Gasto Federalizado, de las cuales 16, se presentaron durante la administración del Auditor Superior anterior Juan Manuel Portal. Las otras 17 denuncias, fueron presentadas por la Auditoría Especial de Cumplimiento Financiero, de las cuales 8 se presentaron durante la administración del Auditor Portal y 9 en el periodo en el que fui titular de esta última Auditoría Especial, etapa en la cual presentamos 136 denuncias penales por casi 20 mil millones de pesos, sobre las que estoy cierto que muchas se judicializarán por el cuidado con el que se prepararon en esa área auditora.

Dentro de las denuncias penales que ya se encuentran judicializadas, que me tocó preparar con los grupos auditores, destaco dos de la Policía Federal correspondientes a la cuenta pública 2018, las que son un ejemplo del “deber ser” y de la importancia de la “oportunidad” en la presentación de denuncias, razón por la que nunca debieron eliminarse las atribuciones para elaborar los dictámenes técnicos para presentar denuncias penales a las áreas auditoras manteniéndolas de forma exclusiva en un área que no realizó la fiscalización.

Los informes de resultados de la auditoría a la Policía Federal se presentaron el 20 de febrero de 2020 y los dictámenes técnicos para hacer las denuncias penales, prácticamente ya se habían terminado, porque en la ejecución de la auditoría, junto con el grupo auditor, concluimos que no había forma de justificar los hechos denunciados, habiéndose presentado las denuncias el 30 de octubre del mismo año, tan solo ocho meses después de presentado el informe final de resultados.

También subrayo que esta auditoría estuvo a cargo de una Dirección General que no es forense. En este caso, una vez identificadas las posibles irregularidades, se instruyó al grupo auditor la aplicación de procedimientos forenses, quienes los realizaron satisfactoriamente, obteniendo evidencia suficiente y competente que permitió presentar las denuncias penales con oportunidad. Por lo anterior, he señalado que todas las áreas auditoras deben de adquirir competencias en procedimientos forenses, lo que potenciaría la fiscalización, se trata de ampliar atribuciones y capacidades no de concentrarlas.

En el proceso de una auditoría pueden encontrarse irregularidades que no es posible justificar ni aclarar y al obtener la evidencia suficiente y competente es factible presentar una denuncia con “oportunidad”, sin tener que esperar a la conclusión del proceso administrativo de aclaración, el cual debe seguirse de forma preferente mas no obligatoriamente como lo establece el art. 43 de la Ley de Fiscalización y el art. 222 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que señala el “deber de denunciar”.

En contraste, en enero y febrero de 2023, el órgano de fiscalización superior, presentó seis denuncias penales, correspondientes a la cuenta pública 2016; es decir, entre la fecha de aplicación de los recursos públicos y la fecha de presentación de la denuncia penal, han transcurrido más de seis años. Como usted comprenderá “la oportunidad hace la diferencia”.

Experto en fiscalización y presidente del OSNA. Twitter: @gldubernard

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