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Un juez federal ordenó, por primera vez, a autoridades civiles reconocer la doble maternidad de dos mujeres al momento de registrar a sus hijas.

Rodrigo Torres Padilla juez Noveno de Distrito de Michoacán, pidió al Registro Civil de Michoacán que permita que dos mujeres registren a sus hijas con sus apellidos reconociendo con ello la maternidad dual.

Debido a que una de las madres aportó el óvulo que se implantó en el útero de la otra es quien tiene derecho a registrarlas con su apellido por razón del alumbramiento.

En la sentencia de amparo, que actualmente se encuentra firme, el magistrado consideró que algunos artículos del Código Familiar de la entidad vulneran el derecho de igualdad de las quejosas porque no les reconoce el derecho de maternidad a ambas ni a la identidad biológica de las menores.

“Son inconstitucionales los artículos 49, 51 y 345 del Código Familiar del estado de Michoacán, porque al no contemplar la posibilidad de que las quejosas aparezcan ‘ambas’ como madres de las menores, también aquí quejosas, las excluye, como madres y a las menores de todos los derechos que en su favor consagran los artículos 1 y 4 de la Constitución de manera específica, el derecho a la identidad biológica de las menores”, indicó.

Señaló que la madre donante del óvulo debía aparecer en las actas de nacimiento de las menores como si fuera el padre, pero el director del Registro Civil de Michoacán no lo permitió porque el padre, donante del esperma, es anónimo.

“La donadora del óvulo tiene interés jurídico para reclamar la maternidad, que además del convenio de reproducción celebrado de común acuerdo se aportaron los resultados arrojados por la prueba pericial en materia genética, en y se estableció que las menores tienen el mismo linaje materno”, aclaró.

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