La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó aplazar la resolución de los amparos en revisión promovidos contra la Ley de Seguridad Interior y que se encuentran pendientes de trámite.

Mediante la circular número 5/2018-AGP, el Máximo Tribunal notificó que los recursos de revisión promovidos contra las sentencias de amparo que hasta ahora se han dictado en los juicios contra la LSI, deberán permanecer sin resolverse

Esto, hasta que la Corte dicte sentencia en las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales cuyos proyectos están a cargo de la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Desde abril pasado, los amparos que no han sido resueltos y los de reciente tramitación fueron remitidos al Juzgado Decimosegundo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México independientemente de la entidad en la que fueron presentados.

Ello, con la finalidad de evitar sentencias contradictorias , por lo que el juzgado de Distrito también deberá esperar a que la Corte se pronuncie sobre la constitucionalidad de la ley, publicada el 21 de diciembre de 2017, y con ello fije el criterio para resolver las demandas de garantías.

Previo a la orden de remitir todos los amparos en un sólo juzgado los jueces Octavo de Distrito en materia Administrativa en la CDMX y Noveno de Distrito en Guanajuato resolvieron 16 amparos contra la LSI en los que declararon inconstitucionales diversos artículos por considerar que la intervención de las fuerzas armadas en tareas de seguridad, en los términos establecidos en la norma, pone en riesgo los derechos fundamentales de los ciudadanos.

ahc

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