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El caso contra el ex gobernador de Aguascalientes, Luis Armando Reynoso Femat, llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo revisará el amparo presentado por la absolución del ex mandatario acusado de peculado y ejercicio indebido de funciones.

El asunto derivó porque en 2009 Reynoso Femat, en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno del extinto Instituto de Vivienda del Estado de Aguascalientes, aprobó la venta de varios terrenos ubicados en el fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Guadalupe, tercera etapa, a precios inferiores a su valor real.

En abril de 2017, el juez Sexto de lo Penal condenó al ex gobernador a dos años y 10 meses de prisión por ambos delitos y le impuso el pago de 18.8 millones de pesos.

La defensa tramitó un recurso de apelación en el que en octubre de 2017, la Sala Penal del Supremo Tribunal del Estado resolvió que no existían elementos suficientes para proceder contra Reynoso Femat y lo absolvió de la acusación.

Contra esa resolución el estado tramitó un juicio de amparo directo ante el Segundo Tribunal Colegiado en el Trigésimo Circuito en el que los magistrados resolvieron dejar insubsistente la sentencia y ordenaron regresar el expediente para que la Sala Penal analice nuevamente las pruebas aportadas en el juicio.

“La sala responsable analizó de forma individual las pruebas que obran en la causa penal de origen, de cuyo estudio concluyó que resultan insuficientes para demostrar los elementos de los delitos que se le atribuyen a Luis Armando Reynoso Femat, en específico, que no se aprobó ́ que se hubiere fijado el precio base de los multireferidos predios por debajo del valor real y que, por tanto, no existe daño a la administración pública; empero, como con razón lo apuntó el instituto quejoso, aquella soslayó realizar un análisis de la prueba indiciaria o circunstancial, esto es, efectuar un estudio en conjunto del material probatorio”, señalaron los magistrados.

Contra la resolución, la defensa del ex gobernador se inconformó, razón por la que la Corte deberá revisar si el Tribunal Colegiado dictó su sentencia de amparo conforme a derecho o si Reynoso Femat debe ser exonerado de los delitos.

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