En la sesión ordinaria de este jueves de la Cámara de Diputados se prevé que se presente y turne a comisiones para su análisis, una iniciativa que envió ayer el presidente que propone reformar la Ley Federal del Trabajo para actualizar y ampliar la lista de enfermedades de trabajo ; e incorporar 115 tipos de lesiones, con lo cual pasarían de 409 a 524, en la tabla para la valuación de incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo.

“Derivado de los ajustes a la tabla en vigor, se determinó que en la propuesta de actualización se reconocieran un total de 194 enfermedades de trabajo”, detalla el proyecto enviado por el titular del Ejecutivo.

También establece los agentes causales (físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales) que dan origen al padecimiento; incorpora las actividades económicas y puestos de trabajo susceptibles de contraer la enfermedad de trabajo; el grupo de las patologías infecciosas y parasitarias aumenta de 21 a 41, entre las que destaca el Covid-19; se agrupan las enfermedades producidas pos las radiaciones ionizantes y electromagnéticas (excepto el cáncer).

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No obstante, el grupo de enfermedad que registra mayor aumento es el de cáncer de origen laboral , que pasaría de cuatro a 30 padecimientos de diferentes tipos.

Asimismo, se reconoce como trastornos mentales: trastorno de ansiedad, trastorno no orgánico del ciclo del sueño-vigilia, trastorno asociado con el estrés y trastorno depresivo. Y se agrupan enfermedades como neumoconiosis y broncopulmonares producidas por aspiración de polvos, humos de origen animal, vegetal, mineral, así como aquellas de las vías respiratorias derivadas de inhalación de gases y vapores.

La iniciativa del presidente López Obrador plantea incrementar en la lista de enfermedades de trabajo las que resultan de intoxicaciones, que pasarían de 36 a 46.

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También establece que la tabla de enfermedades de trabajo, así como la tabla para la valuación de incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo, serán revisadas al menos cada cinco años, o cuando existan estudios que lo justifiquen.

Será el titular del Ejecutivo federal quien inicie el proceso legislativo para actualizar las tablas, siempre que se requiera.

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