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Los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública podrán hacer uso de la “fuerza mortal” para repeler agresiones de los delincuentes, advirtió ayer el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, José Ramón Amieva.
Reprobó que en las redes sociales se cuestione y denueste la actuación de los policías.
La jefa de Gobierno electa, Claudia Sheinbaum, se pronunció por priorizar el acceso a la justicia y los derechos humanos.
De enero a la fecha han muerto 21 policías en el cumplimiento de su deber.
¿Cómo se debe proceder?
La Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública de los Cuerpos de Seguridad de la Ciudad de México establece las formas y mecanismos para el uso de la fuerza letal.
En el artículo 12 de la referida normatividad precisa que “el policía sólo implementará armas de fuego en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito, particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia”.
La ley hace hincapié en que el agente perteneciente a algún cuerpo de seguridad deberá velar por la vida e integridad física de la persona o detenido, y debe ser el último recurso.