estados@eluniversal.com-mx

Puerto Escondido.— Las empresas que prestan un servicio de deporte extremo suscriben acuerdos con sus clientes en donde se deslindan de los accidentes que puedan presentarse durante la ejecución y hasta de una posible muerte, para blindarse ante una demanda; sin embargo, estos no pueden tener cláusulas ilegales, consideró el abogado civil Federico Boggio Marzet.

Como ocurrió con la empresa Centro Deportivo de Paracaidismo Cuautla A. C. “Skydive”, en Puerto Escondido, donde hace una semana dos clientes chocaron durante la maniobra de aterrizaje en la Playa Zicatela, resultando muerta Úrsula Hernández, esposa de uno de los socios.

Los acuerdos o contratos son instrumentos privados que se suscriben entre el prestador de servicio y el cliente, pero no pueden tener cláusulas ilegales que desprotejan a una de las partes, en este caso al que compra el servicio, señaló.

Además, en el caso del paracaidista Saúl Santaella , quien el pasado 10 de enero se estrelló sobre el techo de un hotel en Playa Zicatela mientras era dirigido por un instructor de la misma compañía, el acuerdo que firmó “no procede”, explicó.

El defensor, con más de 10 años de experiencia, manifestó que en el documento suscrito, la compañía obliga al cliente a volar bajo su propio riesgo, deslindándola de los accidentes o posible muerte; éste acepta no demandar de manera legal aun cuando haya negligencia de la compañía y hasta los defenderá de acciones de terceras personas que quieran emprender algún tipo de acción contra la empresa.

En un eventual juicio, dijo, este tipo de documentos no proceden porque el juez analiza siempre si existe una ilegalidad en los contratos, y en el caso concreto del paracaidista de Puerto Escondido no se le puede hacer responsable por una posible negligencia de la prestadora de servicio o sus instructores.

Con contrato o sin él, si el cliente no puede demostrar que la empresa tuvo la culpa de su accidente, siempre será su palabra contra de la empresa, aunque la única ventaja que tiene es que el documento será desechado por su cláusula de ilegalidad, señaló.

Requisitos. En México diversas empresas de paracaidismo ofrecen sus servicios de salto en Guadalajara, Monterrey, Culiacán, Celaya, León, Querétaro, Cuautla, Puebla, destinos de playa como Puerto Escondido en Oaxaca, Playa del Carmen y Cozumel en Quintana Roo.

Muchas de ellas son miembros de la Confederación Deportiva Mexicana, la Comisión Nacional de Cultura Física y el Deporte (Conade) , a través de la Federación Mexicana de Aeronáutica A. C.

Según las empresas, los requisitos para hacer paracaidismo son: pesar menos de 80 kilos, usar la ropa adecuada, además de estar en buenas condiciones físicas, entre otros.

Antes de saltar, el instructor debe dar una plática al cliente, luego el avión se coloca a unos 4 mil metros y se permite el salto acompañado, la caída libre es hasta llegar a mil 500 metros, en esa altura se abre el paracaídas y se hacen maniobras para el aterrizaje. La acción ocurre a una velocidad de 250 kilómetros por hora.

Los clubes deben estar regulados por instancias federales como la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SCT, cumplir con la Ley de Aviación Civil y con la Norma Oficial Mexicana Emergente NOM-EM-008-SCT3-2002, además de tener licencias de operación de las autoridades municipales.

Google News

Noticias según tus intereses