Quienes vivimos en la Ciudad de México disponemos ya de una Constitución. Es la primera en la ya larga vida de nuestra milenaria capital, lo que le da, sin duda, un carácter histórico. Pero la verdadera hondura de lo que significará en el tiempo, se la da el contenido de derechos políticos y sociales que garantiza a los capitalinos. Es una Constitución vanguardista para otorgar un derecho que durante años le fue regateado a la Ciudad: ser una entidad federativa.

La Constitución de la CDMX incorpora figuras de la democracia directa que no existen en la Carta Magna de la Federación ni en las de los estados que la conforman. Es el caso de las siguientes:

Revocación de mandato del jefe de Gobierno y los alcaldes (que eso serán los actuales delegados que, además, tendrán consejos locales como contrapeso). La revocación sólo podrá aplicar hasta cumplirse la mitad del término del mandato: tres años en el Ejecutivo local y un año y medio con los alcaldes. Para demandarla serán necesarias las firmas de 40% de la lista nominal de electores; y para que su resultado sea vinculante, es decir, obligatorio, será necesario 60% de los votos de quienes participen.

Referéndum para consultar temas de capital importancia para la Ciudad. Lo pueden solicitar los ciudadanos (por el menos el 0.4% de los inscritos en la lista nominal de electores, aproximadamente 35 mil personas); o el Congreso local con dos terceras partes de sus 66 integrantes (33 de mayoría relativa y 33 de representación proporcional). Deberá participar en él por lo menos 40% de la lista nominal y para que su resultado sea vinculante deberá estar avalado por al menos 60 por ciento de los votantes.

Plebiscito, para que la autoridad consulte a la gente sobre asuntos de trascendencia. Su resultado será obligatorio con 60% de los votos,

Consulta ciudadana. Es el ciudadano quien demanda la consulta con por lo menos 35 mil firmas. Su resultado será vinculante con 60% de los votos de quienes participan.

Consulta popular. Un tema relevante se somete a votación el día de las elecciones generales en la capital del país.

Acción ciudadana de inconstitucionalidad. Aplicará si cinco mil ciudadanos firman para demandar que una Sala de Constitucionalidad (que se crea para quedar adscrita al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México) determine la constitucionalidad de una ley.

Y la iniciativa legislativa ciudadana, es decir, que los ciudadanos podrán iniciar leyes, de manera preferente con 0.25% de la lista nominal o de manera normal con 0.13%.

La Constitución de la Ciudad de México también elimina el fuero para funcionarios y legisladores, incluido, por supuesto, el jefe de Gobierno; crea un sistema anticorrupción que, entre otras cosas, hace obligatoria la presentación de la declaración 3de3; acepta la elección, por usos y costumbres, de los gobiernos de pueblos indígenas originarios de la capital; permite que sea la Ciudad la que elija a su procurador y a su secretario de Seguridad Pública; y reconoce derechos como el de la muerte digna, interrupción del embarazo y el de un mínimo vital. Este último implica el pago regular de una cantidad de dinero a quienes se encuentran en pobreza extrema.

Estos son tan solo algunos aspectos vanguardistas de la Constitución de la CDMX que entrará en vigor hasta septiembre próximo, pero cuya existencia se declarará el domingo, a las ocho de la mañana, exactamente el día que se cumple el centenario de la Carta Magna que rige al país entero.

Se materializa así un esfuerzo político que no debe regateársele a Miguel Ángel Mancera quien, desde que estaba en campaña por la Jefatura de Gobierno de la Ciudad, invitaba a la gente a sumarse a hacer de la capital una entidad federativa con su propia Constitución. El 15 de diciembre de 2015 el Senado de la República aprobó la reforma política del DF, al año siguiente (15 de diciembre de 2016) Mancera entregó su proyecto de Constitución, 90 por ciento de cuyo contenido fue aprobado el pasado 31 de enero de 2017.

INSTANTÁNEAS. 1. REGLAMENTARIAS. La Asamblea Legislativa de la CDMX se declaró lista para elaborar el paquete de leyes secundarias o reglamentarias de la primera Constitución capitalina. El cuerpo legislativo presidido por Leonel Luna Estrada tiene de aquí al último día del año para determinar las normas electorales y las de funcionamiento de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

2. CONFUSIÓN. Muy lamentables los hechos en que resultó herida la nadadora Fernanda Armenta Gastón cuando agentes de la Policía de Investigación capitalina enfrentaban a dos sujetos que intentaban robar un vehículo en la Colonia del Valle. La atleta, quien viajaba en un auto de transporte privado, recibió en un pulmón la bala disparada por el policía Juan Prieto Guzmán para repeler a los delincuentes y que penetró por la cajuela del auto que transportaba a la víctima. Los peritajes han dejado claro que ese disparo no fue intencional. Iba dirigido al delincuente armado, si bien su acompañante, según se pudo confirmar, llevaba como arma una réplica falsa. Tampoco hubo falta de pericia del elemento de la Policía de Investigación, si se toma en cuenta que el auto y los ladrones estaban en línea recta, el policía apuntó al ladrón, pero éste se movió. Uno de los ladrones huyó herido, según prueba una chamara ensangrentada que quedó en el lugar de los hechos, lo que confirma que los agentes defendían a un ciudadano víctima de un robo. Sí es lamentable que hablemos de una víctima inocente, pero tampoco se trata de satanizar a quienes finalmente están cumpliendo con su deber.

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@RaulRodriguezC

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