Sobre el caso de Rafa Márquez y Julión Álvarez, cada quien puede opinar lo que guste. Puede uno suponer, creer y argumentar que ambos son cómplices del narcotráfico, miembros de una red de lavado de dinero y testaferros de un mafioso. O puede uno suponer, creer o argumentar lo contrario.

Pero lo que no se puede ni se debe es asumir que la controversia se zanja por el origen de la información, que todo lo que proviene del gobierno de Estados Unidos es verdad y que no hay nada más que discutir.

Los gringos no son genios infalibles ni mártires de la verdad. También mienten, se equivocan o se corrompen. Y la posibilidad de mentira, error o corrupción crece en procesos opacos, sujetos a amplios niveles de discrecionalidad administrativa y con débil supervisión judicial.

Eso es, en rápida descripción, el proceso de inclusión o exclusión a las listas de control del Departamento del Tesoro. Una unidad administrativa decide sancionar a un individuo o empresa, sin un proceso judicial, sin dar explicaciones, sin avisar al inculpado, sin darle medios de defensa antes del castigo. Y luego, si la persona o la empresa intenta quitar su nombre de la lista, debe recurrir a la misma dependencia que impuso la sanción, la cual puede a discreción rechazar tantas veces como quiera el recurso de revisión.

Eso conduce a injusticias notables.

Consideren, por ejemplo, el caso de Yassin Abdullah Kadi, un empresario de Arabia Saudita. Para incluirlo en las listas de control, OFAC (la unidad del Departamento del Tesoro encargada del tema) alegó, entre otras cosas, que un hermano de Kadi dirigía una organización filantrópica vinculada al financiamiento del terrorismo. Resulta, sin embargo, que el señor Kadi no tiene hermanos. Probar ese hecho no fue suficiente para sacarlo de la lista.

Consideren también el caso de Kamel Darraji, un ciudadano tunecino avencidado en Italia. Ese individuo fue incluido en la lista de OFAC después de ser acusado de terrorismo por las autoridades italianas. Sin embargo, los tribunales lo declararon inocente. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) lo sacó de su lista de presuntos terroristas en 2012. En un reporte confidencial filtrado a los medios, el gobierno de Estados Unidos afirmó que no poseía evidencia suficiente para concluir que Darraji “continuaba participando en las actividades que determinaron su inclusión en la lista”. Pero dos años después, a mediados de 2014, seguía en la lista de OFAC.

Esos son dos ejemplos entre miles. El mecanismo de inclusión a las listas de OFAC es tan arbitrario y tan contrario a normas básicas de debido proceso que, en lo referente a ciudadanos y empresas estadounidenses, ha sido declarado inconstitucional en dos ocasiones por tribunales federales de Estados Unidos.

Además, es una herramienta cuya utilidad es cuestionable, por decir lo menos. En un reporte del Comité de Abogados de San Francisco por los Derechos Civiles (Lawyers’ Committee for Civil Rights of the San Francisco Bay Area), se señala que “no hay evidencia clara de que la implementación de las políticas de OFAC realmente disuada el terrorismo. El Informe Anual de Activos Terroristas del Departamento del Tesoro simplemente identifica la cantidad en dólares de activos que han sido bloqueados. Eso no es una métrica de éxito.”

Lo mismo puede decirse, casi palabra por palabra, para la delincuencia organizada y el narcotráfico.

Entonces, para resumir, alguien puede, si así se lo dicta su conciencia, condenar a Rafa Márquez y a Julión Álvarez. Pero no puede suponer que el asunto está cerrado porque la decisión vino de Estados Unidos.

Insisto: los gringos no son fuente suprema de virtud o verdad.

alejandrohope@outlook.com. @ahope71

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses