La exigencia está en el encuadre de la consideración del Instituto Federal de Telecomunicaciones a la firma estelar del magnate Carlos Slim como empresa dominante en ambos mercados.

A la letra, el inciso b del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones señala que los agentes ubicados como preponderantes no deben cobrar a las firmas que se conectan a su red para concretar las llamadas.

De resultar victoriosa la compañía, es decir de declararse inconstitucional el ordenamiento colocado a la vera de la reforma de telecomunicaciones, habría un cobro retroactivo a la competencia.

La cuenta se iniciaría a partir de que la quejosa presentó su solicitud de protección a la justicia ante un juez.

Naturalmente, la espada de Damocles tiene a té de tila a la competencia, especialmente a la Telefónica México y AT&T, quienes afirman haber alentado inversiones con base en la vigencia de la tarifa cero.

El volado, pues, es de varios miles de millones de pesos.

Aunque el tema, bajo otra perspectiva, lo había abordado ya la Suprema Corte en medio de una ola de demandas contra la firma del magnate por lo que se consideraba excesiva tarifa de interconexión, los rounds los había ganado ésta.

La última vez colocadas en el ring dos filiales de la Telefónica México, Pegaso PCS y Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, fue una disputa por tarifas a cobrar en 2015.

El alegato de América Móvil hablaba de discriminación dado que a la entrada en vigor de la reforma ya no se le permitía cobrar a entrantes a su red, pero la competencia sí podía hacerlo por los llamados que se originaron en sus empresas.

Discriminación, pues, por más que la ley distingue bajo un escenario asimétrico a los preponderantes.

El caso es que la Corte le dio la razón a América Móvil bajo el argumento de que el artículo 20 transitorio segundo párrafo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en cuyo marco se establecían las tarifas de interconexión para 2015, si se encuadra en el molde de la Constitución.

Hasta entonces las empresas convenían entre sí las tarifas para el año siguiente.

De acuerdo con la resolución de la Segunda Sala del órgano, el objeto de la disposición es dotar de certeza a las concesionarias sobre el modo en que se cobrarían las tarifas de interconexión para 2015.

El caso es que las firmas debieron pagar por los meses transcurridos a la resolución, dictada en julio del propio año.

La paradoja del caso es que Movistar, la principal filial de la Telefónica México, había peleado en los tribunales contra la disposición, al considerar que lesionaba sus intereses. Pactada con Telcel una tarifa de interconexión de 1.9 pesos por minuto, la disposición con etiqueta de transitoria reducía el cobro a menos de la mitad.

La firma perdió el pleito.

Contratados por América Móvil abogados a quienes se ubica como los mejores especialistas en materia de amparo, además del reclamo de inconstitucional de la tarifa cero, se señaló en su alegato que los legisladores que aprobaron las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones no estaban capacitados técnicamente para dimensionar el asunto.

Del otro lado de la mesa las firmas en competencia juran y perjuran que el beneficio de la tarifa cero para interconectar llamadas con la principal telefónica móvil del país se ha repercutido a la clientela.

Dicho más fácil, la reversa podría provocar un aumento en las tarifas a los usuarios.

Hora cero.

Balance general.

La Comisión Permanente del Congreso aprobó ayer un punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro un informe sobre sus tareas de supervisión de las intermediarias que concentran el ahorro de los trabajadores, con énfasis en Sura, XXI Banorte, Principal y Profuturo GNP, recientemente sancionadas.

Planteado por el senador perredista Fernando Mayans Canabal, la exigencia busca esclarecer un escenario confuso, es decir el que por un lado se haya castigado a intermediarias que se coludieron para acotar o evitar los traspasos de cuentas solicitados por la clientela y por otro se colocan barreras administrativas orientadas al mismo fin.

A juicio de los expertos la posibilidad de que los usuarios cambien de intermediaria se inscribe como la única forma efectiva de alentar la competencia.

Se ampara Pemex.

Como era previsible Petróleos Mexicanos está solicitando un amparo contra la multa de 380 millones de pesos que le impuso la Comisión Federal de Competencia Económica por incumplir compromisos pactados para cerrar un expediente por prácticas discriminatorias en el transporte de combustibles.

Abierto el escenario para que participe el sector privado en tareas de abasto, la firma mantuvo las barreras objeto de la discordia.

La justificación de la empresa productiva de Estado es que la Comisión Reguladora de Energía no había aprobado los machotes para los contratos respectivos.

Lo curioso del caso es que ahora, en propósito de enmienda, la exparaestatal está ofreciendo incluso créditos para los transportistas que realicen la tarea.

El abanico alcanza combustóleos, gasolinas y gas LP.

Siderúrgica binacional.

Con una inversión de 270 millones de dólares se está instalando en Guanajuato una planta siderúrgica producto de la integración de la firma estadounidense Nucor Corporation y la japonesa JFE Steel.

La intención es producir 400 mil toneladas anuales de lámina de acero galvanizado para atender a la industria automotriz.

La factoría, cuya conclusión llegará en la segunda mitad de 2019, se instala en Silao.

La inversión es a partes iguales de las compañías.

Se calcula la creación de 300 nuevos empleos calificados.

Sí, pero…

Aunque la Comisión Federal de Competencia Económica le dio luz verde a la concentración entre las firmas DOW Chemical y DuPont, les impuso una serie de condiciones para evitar mayoría absoluta en diversos mercados.

Las empresas están obligadas a desincorporar sus filiales en materia de producción de ionómeros y copolímeros de ácido, además de insecticidas foliares orientados a combatir insectos mordedores.

Las dos firmas, fusionadas a nivel global, son de capital estadounidense.

Sí o no.

Sujeto su nombramiento a la aprobación del Congreso, ayer se reunió con la Tercera Comisión, Hacienda y Crédito Público de la Comisión Permanente Arturo Téllez Yuren, a quién el Ejecutivo designó como administrador general de Auditoria Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria.

albertobarrancochavarria0@gmail.com

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