Está próximo a cumplirse el centenario de la Constitución. La norma suprema surge como el instrumento para encausar los sentimientos sociales detonados en la Revolución, en un afán no sólo de pacificar al país, sino de sentar un marco para el progreso y desarrollo de una nación en momentos que reinaba la incertidumbre.

Casi cien años de la decisión del Barón de Cuatrociénegas, don Venustiano Carranza, de convocar a un Congreso Constituyente con la misión de producir un documento que más allá del texto, abrazara los valores para la construcción de una nación.

Democracia, libertad, igualdad, equidad, justicia, solidaridad, son algunos de los valores que se expresaron implícita o tácitamente.

La tarea del Constituyente originario no fue fácil, tuvo que resistir la tentación por atender coyunturas del momento para diseñar un marco conceptual lo suficientemente amplio para el ejercicio pleno de libertades individuales y colectivas de los ciudadanos.

La Constitución es el punto de partida, base de los derechos y límite de autoridades. Numerosas ocasiones ha sido reformada para responder a las necesidades sociales, políticas o a los compromisos internacionales.

Nuestra Carta Magna es una Constitución viva, la vivimos diariamente en el ejercicio de derechos, en cada acto de autoridad, en cada decisión judicial.

Los órganos encargados de interpretarla y protegerla, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, entre otros, diariamente analizan su alcance y sus límites, exigen a las autoridades su respeto y con ella protegen a los individuos.

Tanto el Constituyente permanente como el legislador ordinario se mantienen atentos al diálogo entre Poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial, pues es a través de ese ejercicio que se perfeccionan los textos legales, se clarifican y dotan de vigencia y exigibilidad.

Un ejemplo claro es la sentencia 12624/2011 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por la cual se determina la inequidad del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales al establecer cuotas de género para la postulación de candidatos a elección popular. Si bien la Constitución contiene implícitamente el principio de igualdad y equidad, el hecho de que las normas secundarias impongan una carga, no presupone que la misma se haya cumplido.

Esa fue la ruta para establecer la paridad de candidaturas en la Constitución general. Una realidad social, una demanda, una lucha institucional de valiosas mujeres que hoy, a través de exigir la vigencia y la práctica de la ley suprema, han hecho de México un país más justo.

Este fallo judicial debe ser considerado un hito en la vida política nacional, este fallo no hizo oídos sordos. Por ello el presidente de la República Enrique Peña Nieto, en octubre de 2013, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Electoral que atendió el contenido del mismo, para con ello evitar desarrollar una ruta litigiosa para su exigibilidad.

Esta iniciativa se vio fortalecida durante la discusión de la reforma político-electoral en el Senado en el mes de diciembre del mismo año, al elevar a rango constitucional los preceptos que hoy rigen la paridad de género en la vida política de nuestro país.

Fue así como el Ejecutivo y el Legislativo, en carácter de Constituyente permanente, atendieron el llamado del Poder revisor de la Constitución, elevándolo a la norma suprema.

Es de esta forma como el diálogo constitucional entre Poderes enriquece nuestra sociedad, la hace más justa y congruente con los valores que practicamos y que se traducen en acciones para vivir en paz. Así podemos reflexionar sobre el México que queremos en los próximos cien años y qué acciones debemos tomar para lograrlo. Celebremos a la Constitución viviéndola, practicándola, honrándola.

Secretaria de la Mesa Directiva del Senado de la República

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