El próximo miércoles 28 de octubre, el ministro Arturo Zaldívar presentará ante el pleno de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación su propuesta sobre el derecho a la producción y consumo de cannabis con fines personales de carácter recreativo. La deliberación de la Corte será de la mayor trascendencia.

El ministro Zaldívar ha estudiado el tema con rigor. Ha consultado opiniones diversas y disímbolas —me consta— y ha reflexionado sobre los alcances constitucionales de uno de nuestros derechos más fundamentales: el derecho a nuestra autodeterminación. Su trabajo es impecable.

De aprobarse el proyecto de resolución, las autoridades de la Secretaría de Salud deberán autorizar la producción de cannabis para autoconsumo recreativo, pero además, se allanará el camino para su autorización con fines terapéuticos, que también es urgente.

El uso de marihuana medicinal, como se le denomina cuando se usa para tratar de aliviar signos o síntomas que no responden a tratamientos convencionales, gana terreno en muchos países que se han abierto a la investigación clínica con esta droga. Aunque aún no hay evidencia definitiva, son ya miles de trabajos los que se han publicado sobre el tema, algunos en revistas muy serias que someten a un riguroso escrutinio los artículos, antes de aceptarlos para su publicación. Así funciona la ciencia y sus conclusiones toman tiempo. Pero nada impide, salvo el prejuicio, tener una actitud abierta y pedirle al Estado que regule el proceso.

En la mayoría de los estados de nuestro vecino país del norte y en Canadá, se han aprobado leyes en este sentido. En el Reino Unido, de hecho, el uso de la marihuana medicinal está ya legalmente indicado para el control de espasmos musculares en pacientes con esclerosis múltiple. La literatura está repleta de casos anecdóticos de pacientes que mejoran con el uso de cannabis, en cápsulas y a dosis específicas, como corresponde a un esquema medicinal. Ejemplos de ello son enfermos con convulsiones resistentes, glaucoma y esclerosis lateral amiotrófica, entre otros, así como aquellos que tienen una enfermedad terminal, sobre todo si cursan con dolor crónico, náusea o vómito severos.

En los cuidados paliativos, por ejemplo, parece haber un campo particularmente propicio para su uso, sobre todo porque se trata no ya de curar, sino de mejorar la calidad de vida de las personas.

La marihuana (cannabis sativa) es una planta que contiene 480 componentes que pueden tener actividad química y/o farmacológica. De estos, por lo menos 70 son considerados ‘canabinoides’, los cuales tienen efectos importantes en procesos que van desde el sueño y el apetito hasta el desarrollo neuronal, el metabolismo y el sistema inmune. Es obvio que hay que estudiarlos mejor. Por eso mismo es absurdo descartar, de antemano, sus potenciales efectos medicinales.

Frente al complejo problema de las drogas, que no podemos eludir como sociedad, son dos los enfoques que predominan: el de la salud pública que defiende los derechos humanos de los usuarios y favorece el control del mercado de las drogas por parte del Estado; y el enfoque prohibicionista, que favorece la militarización de una guerra contra las drogas, cuyo saldo en nuestro país ha dejado decenas de miles de muertos y desaparecidos y ha propiciado, además, una corrupción que parece imbatible.

El enfoque de salud pública, a la vez que gana espacios y aceptación en las sociedades abiertas y democráticas, ha evolucionado, de considerar al adicto como enfermo y no como delincuente, a reconocer plenamente los derechos del usuario que no es adicto, incluido el derecho a usar marihuana con fines terapéuticos bajo control médico.

No me quedan dudas: regular el mercado de marihuana para fines de autoconsumo, sean recreativos o medicinales, es un paso en la dirección correcta. La Corte tiene ahora en sus manos el proyecto de resolución para hacerlo efectivo.

Ex secretario de Salud

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