A pesar de su importancia, poca atención mereció el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y la Investigación del Delito de Desaparición Forzada, aprobado en la última Asamblea de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. Por la gravedad de los hechos que en esta materia estamos viviendo, así como por sus objetivos y modo de creación, se trata de un documento relevante que debe considerarse con atención.

Su objetivo general es definir los procedimientos de actuación homologada y obligatoria de los agentes del Ministerio Público, peritos y policías de todo el país para realizar búsquedas e investigaciones eficaces que permitan localizar a las víctimas, sancionar a los responsables y garantizar la no repetición. El protocolo busca establecer mecanismos de coordinación entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios para la búsqueda de personas desaparecidas; localizar, detener, investigar y consignar a los responsables del delito; establecer criterios nacionales para el tratamiento e identificación forense para tener estándares comunes en el manejo de muestras; desarrollar registros para la búsqueda de personas desaparecidas y garantizar a las víctimas el acceso a la justicia.

El Protocolo contiene también los “roles” de los principales agentes. Resulta interesante este proceder en tanto distingue qué le corresponde a cada cual, tanto en los procesos inquisitorios que continúan desahogándose en diversas entidades federativas y órganos federales, como en los acusatorios que habrán de regir a partir de junio del año entrante. Al proceder así, queda claro lo que los principales actores deben hacer ahora y en el futuro inmediato.

Lo que a mi juicio resulta más importante del documento radica, sin embargo, en los principios y políticas de actuación propuestos. El delito de desaparición forzada está previsto a nivel federal y local, en tanto puede ser cometido por funcionarios de esos órdenes. Más allá de variaciones en los tipos penales, es un problema la manera en que cada entidad maneja sus investigaciones y lleva sus registros, lo que ha impedido el tratamiento integral de conductas que no siempre se avienen a las distinciones del sistema federal. El Protocolo propone acciones para generar un sistema en la materia a fin de lograr que las autoridades actúen inmediata y coordinadamente; que dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento del hecho soliciten la información para documentar el caso; crear áreas especializadas con personal capacitado en el manejo del Protocolo, prever los modos en que las autoridades deben actuar al tener noticia de las retenciones en instalaciones oficiales. Destacadamente, se subrayan las condiciones de actuación respecto de extranjeros y migrantes.

A diferencia de otros documentos o protocolos, el aprobado a finales de agosto fue elaborado entre autoridades e individuos y organizaciones defensoras de derechos humanos. Colaboraron las procuradurías Federal, de los estados y el Distrito Federal, con conocidos y experimentados miembros de la sociedad civil que desde distintas fuentes y circunstancias trabajan en este grave tema. La presencia de ambos cuerpos ganó perspicacia y operatividad que no es frecuente en otros resultados de este tipo. Estos factores y conclusiones dejan en evidencia lo que debe hacerse en la materia en el correspondiente nivel. Hay que formar personal, crear registros confiables y compatibles y actuar con método y diligencia. Todo ello implica trabajar con personas, capacitaciones, cambios de actitud y entrenamiento, revisiones, controles y más entrenamiento. Lo interesante del protocolo es que transparenta mucho de lo que hay que hacer. Veamos si más allá de su calidad, se hace lo necesario para transformar hábitos, prácticas y métodos para enfrentar un fenómeno que hoy lastima y que en el futuro impedirá la reconstitución de nuestro muy dañado tejido social.

Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

@JRCossio

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