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Hace unas semanas terminó la cuarta ronda de negociaciones. A continuación algunos apuntes sobre lo que, por el momento, se tiene claro y lo que no.
Por lo que se tiene claro, en primer lugar en cuanto al tiempo, es evidente que la renegociación no culminará este año. En el mejor escenario, tendremos un acuerdo en el transcurso del primer trimestre de 2018. En cuanto a la sustancia, está claro que, en el mejor de los casos, se logrará una “actualización modesta” del TLCAN. Debemos olvidar por ahora que la renegociación buscará una discusión integral sobre una visión a futuro de la integración de la región.
En cuanto a lo que queda pendiente, no está claro si las propuestas presentadas por Estados Unidos durante la última ronda reflejan su posición de salida de negociación o si se trata de propuestas sobre las que no mostrará ninguna flexibilidad. De acuerdo con lo que ha trascendido en medios, lo que está claro es que las principales propuestas pretenden atender dos temas fundamentales: combatir su déficit comercial y erosionar los mecanismos de solución de controversias del TLCAN.
Por lo que toca al primer tema, Estados Unidos propone establecer un contenido nacional para las reglas de origen, además de crear un esquema de “compras administradas” en materia de compras de gobierno. Mucho se ha debatido sobre la viabilidad económica de estas propuestas y si, de concretarse, atenderán el problema identificado; esto es, revertir el déficit comercial. La duda es si Estados Unidos estaría dispuesto a revisar propuestas que lejos de inhibir o acotar el comercio, atiendan su déficit comercial generando más comercio en la región.
Por lo que respecta a los mecanismos de solución de controversias del Capítulo XX, Estados Unidos propone menoscabar el mecanismo general de solución de controversias al hacer las decisiones de los paneles de expertos no obligatorias. En cuanto al mecanismo de solución de controversias por imposición de cuotas antidumping o compensatorias del Capítulo XIX, Estados Unidos desde el inicio de la negociación ha planteado su eliminación. Por último, Estados Unidos propone que el mecanismo de solución de controversias entre un inversionista y el Estado del Capítulo XI, sea optativo para el Estado, esto es, que el país pueda optar o no por acudir a este mecanismo. Por lo que toca al mecanismo general de solución de controversias, será difícil que exista un acuerdo entre las partes para regresar a un esquema similar al del GATT que permitía que consideraciones políticas evitaran que la decisión de un grupo de árbitros fuese obligatoria. Por lo que toca al mecanismo en materia de cuotas antidumping y compensatorias, pareciera que los balances del paquete final de negociación determinarán su permanencia. Por último, en cuanto al mecanismo inversionista-Estado, es una propuesta por la que, por lo menos México, no debería tener que “pagar nada”. Los principales usuarios del mecanismo inversionista–Estado son empresas de Estados Unidos. Dichas empresas deberán ser las que exijan a su gobierno no darle la discreción a México y Canadá de optar por este mecanismo.
Estos son únicamente algunos de los claroscuros del estado que guarda la renegociación. En las próximas semanas se abordarán en esta columna otros temas, por ejemplo, la propuesta de incluir una cláusula de terminación después de cinco años. Lo que hoy queda muy claro es que el éxito de esta renegociación radicará en la flexibilidad y la apertura para ser constructivos y atender de alguna manera los problemas identificados por una parte, aunque solo esa parte los vea.
Juez del Órgano de Apelación de la Organización
Mundial del Comercio
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