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Carlos Slim ganó la batalla en el máximo tribunal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó ayer la propuesta de conceder un amparo a Telcel para que a partir del próximo año no se le aplique la tarifa cero de interconexión.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tiene la competencia de resolver la tarifa asimétrica de Telcel a partir del próximo año y la empresa no cobrará retroactivamente lo que no le fue pagado desde 2014, resolvieron por unanimidad los ministros de la Corte.

Desde 2014, las empresas que compiten con Telcel dejaron de pagarle tarifa de interconexión, pues el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión indicaba una tarifa cero para los preponderantes.

El fallo establece que el IFT es la autoridad competente para regular las tarifas que deberán aplicarse en materia de telecomunicaciones o, en su caso, para determinar cuándo deberá aplicarse la tarifa cero a la empresa de Carlos Slim.

Con el amparo, el IFT deberá establecer un modelo de costos para decidir la tarifa asimétrica que la competencia pagará a Telcel; sin embargo, durante 2017 continuará la aplicación de la tarifa cero, indicó el ministro Javier Laynez.

“A fin de salvaguardar la seguridad jurídica en el sector de las comunicaciones y preservar los acuerdos o convenios de interconexión celebrados entre Radiomóvil Dipsa (Telcel) y los distintos concesionarios, y con el objeto de no afectar a los usuarios finales, las tarifas que determine el instituto entrarán en vigor a partir de enero de 2018 y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación”, señaló Laynez.

En el proyecto original los efectos de la sentencia serían aplicados de manera inmediata.

Por otra parte, los ministros decidieron que las empresas que suscribieron acuerdos o convenios de interconexión con Telcel durante la aplicación de la tarifa cero no deben pagar compensaciones.

Argumentaron que con esta decisión no se desconocen las facultades del Congreso para legislar en materia de telecomunicaciones.

En un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), América Móvil informó que la Corte declaró inconstitucional la gratuidad contenida en la ley secundaria, conocida como tarifa cero.

“Esta importante resolución devuelve al IFT la facultad de determinar la tarifa de interconexión que los concesionarios deberán pagar a Telcel por el tráfico que terminen en su red”, agregó la empresa.

Reconoció que Telcel no será restituida por el resto de las empresas por los efectos adversos generados por la tarifa cero y subrayó que la nueva tarifa de interconexión entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.

El IFT indicó en un comunicado que va a analizar los efectos de la sentencia de la Corte para cumplirlos y resolver lo conducente sobre las tarifas de interconexión aplicables a Telcel.

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