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Entre 2015 y 2017, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha recibido 135 solicitudes de estaciones de radio comunitaria e indígena, dijo Rafael Eslava, jefe de la Unidad de Concesiones y Servicios del regulador.

En 2015, 2016 y 2017, el IFT publicó programas de frecuencias de espectro ante los cuales los interesados pudieron pedir acceso al recurso para ofrecer servicios de radiodifusión.

“Hemos resuelto 61 y tenemos en trámite 68; si bien es cierto que algunas datan de un par de años porque se plantearon de acuerdo con el programa anual de 2015, también es porque hemos tratado de dar oportunidad a los solicitantes de que acrediten su cumplimiento”, dijo Eslava.

Si negaran a los interesados dichas concesiones que están en proceso, implicaría que pierden la posibilidad de plantear inmediatamente una solicitud, pues quienes buscan la concesión deben identificar otra vez una frecuencia en un nuevo programa de bandas de frecuencias para 2018.

“Esto genera una complejidad, que nos ha llevado a dar oportunidad en que complementen sus solicitudes antes de nosotros emitir una respuesta desfavorable”, detalló.

La Organización de Radios Comunitarias de Occidente indicó que aunque la ley es muy clara sobre los requisitos, el regulador tarda dos años en dar respuesta favorable.

“Sí transcurre un largo tiempo para que emitamos resolución, pero en la gran mayoría de los casos es porque todavía no están debidamente integradas las solicitudes”, explicó.

El IFT debe cumplir con los requisitos de ley impuestos por el Congreso de la Unión, en los cuales se establece que el instituto tiene 120 días hábiles para la resolución de solicitudes.

“Para el análisis y resolución que corresponde a cada solicitud, en gran parte de los casos pudimos salir en ese tiempo, pero en la gran mayoría de las solicitudes que nos han planteado esa respuesta hubiera sido desfavorable”, dijo Eslava.

“Desgraciadamente, nosotros tenemos que cumplir con un mandato legal muy claro. Ese mandato legal nos establece los requisitos que deben observar los interesados en acceder a este tipo diferenciado de concesiones comunitarias e indígenas”, subrayó.

Cada caso tiene requisitos específicos y ha sido un aprendizaje para los interesados el tema de la integración de sus solicitudes, para lo cual el IFT les ha brindado ayuda.

El Artículo 85 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión indica que para obtener una concesión de uso público o social, los interesados deben cumplir con seis requisitos de información.

“Nombre y domicilio del solicitante, los servicios que desea prestar, justificación del uso público o social de la concesión, las especificaciones técnicas del proyecto, programas y compromisos de cobertura y calidad, y el proyecto a desarrollar, acorde a las características de la concesión que se busca obtener”, dice la legislación.

Eslava precisó que su unidad está concentrada en tratar de dar el apoyo que se requiere en la integración de solicitudes de concesión para radiodifusión comunitaria e indígena.

Las labores implican una coordinación y apoyo constante tanto a través de correo electrónico, vía telefónica o presencial, e “inclusive ha implicado una presencia personal en los estados donde han pedido el apoyo, como Michoacán, Oaxaca o Zacatecas”.

El 4 de octubre, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados avaló cambios a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para inhabilitar por cinco años a los sancionados por dar servicios de telecomunicaciones y radiodifusión sin concesión.

También se aprobó un cambio en el código penal para sancionar con entre dos y seis años de prisión a quien use el espectro o sin concesión.

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