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Buena o mala, la calidad de los servicios de internet móvil que ofrecen empresas como Telcel, Telefónica Movistar o AT&T va a medirse, pero ese ejercicio sólo se considera de carácter informativo, al no estar sujeto a multas para los operadores.

“Para el servicio de transferencia de datos no se establecen índices de calidad de carácter sancionable puesto que, como resultado de la investigación del marco internacional, se observó que diversos países no establecen valores de cumplimiento para el servicio de transferencia de datos y, cuando se llegan a establecer, dichos valores no presentan homogeneidad”, indican los lineamientos que fijan los parámetros de calidad a los que deben sujetarse empresas de telefonía móvil, emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

El documento destaca que a la fecha no hay una base de datos histórica de mediciones que sustenten un posible valor de índice.

“Siendo así, y con el objeto de recabar información acerca del estado de las redes relativa a la transferencia de datos, se consideró establecer que los resultados de las mediciones de los parámetros de transferencia de datos sean de carácter informativo”, detalla.

Aunque los lineamientos contemplan la medición de intentos fallidos de llamadas o mensajes, en el caso de internet no hay parámetros a cumplir.

La proporción de intentos de sesión fallidos FTP, la tasa de transmisión de internet promedio de descarga y carga, la latencia y la proporción de paquetes perdidos son parámetros “de calidad de carácter informativo”, señala el documento, que agrega que se publicarán para cada tecnología de acceso.

Los lineamientos. A partir del 18 de marzo próximo entrarán en vigor los lineamientos publicados ayer por el IFT en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que sustituyen al Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil de 2011 y a la metodología de mediciones del Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil de 2012.

Destaca que la proporción de intentos de llamadas fallidas debe ser menor o igual a 3%, y la proporción de mensajes de texto (SMS) fallidos debe ser menor o igual a 2%.

Por otra parte, el documento indica que el IFT sancionará a las empresas por no cumplir con estos lineamientos a partir del 1 de enero de 2019.

El regulador contempla la publicación de los resultados de las mediciones de calidad del servicio móvil cada tres meses.

También se divulgará la información contenida en los reportes entregados por los prestadores del servicio móvil de manera trimestral con información de la calidad a nivel nacional generados a partir de los contadores de desempeño.

En cuanto a la Red Compartida, el documento del IFT menciona que será evaluada de manera independiente hasta que alcance una cobertura mayor o igual a 50% de la población agregada a nivel nacional, conforme a su calendario de despliegue.

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