maria.saldana@eluniversal.com.mx

Por considerar que existen barreras a la competencia y a la libre concurrencia en el mercado de servicios de organismos que acreditan el cumplimiento de las normas de los productos y de empresas que evalúan el apego a la normatividad, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) inició una investigación en torno a estos temas.

“Los servicios de acreditación, evaluación de la conformidad y normalización resultan necesarios para asegurar la calidad [de los productos o servicios], así como las características técnicas y de seguridad de los bienes y servicios que se comercializan en los mercados”, advirtió la comisión.

Actualmente, la Entidad Mexicana de Acreditación es quien se encarga de acreditar a los laboratorios, organismos de certificación o unidades de verificación que revisan el cumplimiento de las normas.

La Autoridad Investigadora de la Cofece detectó elementos que hacen suponer la existencia de barreras a la competencia en el mercado de normalización y acreditación del cumplimiento de dicha normatividad.

Las regulaciones técnicas y estándares nacionales de productos y servicios que se imponen en las normas mexicanas deben de cumplirse por las empresas, para lo cual existen organismos de certificación, unidades de verificación y laboratorios de prueba para calificar el cumplimiento de las normas.

En tanto, la evaluación de la conformidad consiste en la revisión, a través de los organismos acreditados, del cumplimiento de las normas por parte de las industrias.

Para la comercialización de diversos productos se requiere la certificación de dichos organismos de que se cumple con las normas que marca el gobierno, por lo que para la Cofece los servicios de acreditación y evaluación de la conformidad son fundamentales para asegurar la calidad, así como características técnicas y de seguridad de los productos y servicios.

Cabe recordar que para la comisión, “se consideran barreras a la competencia y libre concurrencia cualquier característica estructural del mercado, así como cualquier hecho o acto de agentes económicos que tenga por objeto o efecto impedir el acceso de competidores, que limite su capacidad para competir o que distorsione el proceso de competencia.

“También lo son las disposiciones jurídicas de cualquier orden de gobierno cuando indebidamente impidan o distorsionen dicho proceso”.

De encontrarse culpabilidad, las sanciones que se pueden imponer son apercibimiento para el agente económico de que elimine las barreras que afectan la competencia, y si no se cambia la conducta, se pueden imponer multas de hasta 10% de los ingresos del agente económico, así como emitir recomendaciones a las autoridades públicas cuando hay disposiciones jurídicas que impidan la competencia.

Como en todo proceso, para emitir su fallo la Autoridad Investigadora de la Cofece dispone de un periodo de entre 30 y 120 días hábiles, prorrogable hasta por dos ocasiones más.

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses