Daniela Díaz Echeverría, investigadora del área de presupuestos y políticas públicas

El Estado mexicano tiene que cumplir las obligaciones constitucionales (artículos 1° y 4°) de garantizar, promover y proteger el derecho a la salud, así como los derechos sexuales y reproductivos mediante una asignación progresiva del presupuesto público. Sin embargo esto no ocurre con los recortes para salud en el Presupuesto de Egresos del próximo año (PEF 2017).

Contrario a lo que se establece en la Constitución, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentó para 2017 una propuesta de presupuesto para el sector salud que implica una disminución del 10,82% en comparación a lo que se aprobó para el año 2016. Tan sólo para el Seguro Popular, la reducción presentada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es de -11,85%, aún cuando este programa es la principal fuente de financiamiento para los servicios de salud de las 32 entidades federativas. El Seguro Popular se ha comprometido a atender a alrededor de 55 millones de personas, de las cuales 29,7 millones son mujeres, la mayoría en edad reproductiva.

Por otro lado, el presupuesto contemplado exclusivamente para salud materna, sexual y reproductiva en el Proyecto de Presupuesto de Egresos para el próximo año, y que de igual manera se distribuye a los servicios de salud locales, se planteó con un recorte de 7.82% en términos reales.

Frente a este panorama, cabe preguntar entonces al Ejecutivo Federal ¿cómo se van a llevar a cabo los programas en salud sexual y reproductiva para responder adecuadamente a las necesidades de la población?

Al respecto, es importante mencionar que en los documentos que contempla el paquete económico para 2017 no se detallan las consecuencias que implicaría la disminución de estos recursos en la población; a pesar de que vivimos en un país con enormes inequidades y desigualdades en el acceso a la salud en general y las carencias en la existencia real de servicios en salud sexual y reproductiva en particular.

Es de considerar que la asignación específica de presupuesto para salud sexual y reproductiva, es un mecanismo concreto para evitar morbilidades y mortalidades en las mujeres, así como para avanzar hacia la eliminación de la discriminación contra las mujeres, tal y como se dispone en el artículo 12 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y que el gobierno mexicano —por ser un documento vinculante— tiene la obligación de cumplir.

Es urgente detener el retroceso en la asignación de recursos a las acciones que se dirigen a atender la situación de discriminación estructural que viven las mujeres en general, y de manera más grave, aquellas de escasos recursos, urbanas, campesinas o indígenas. Las acciones financiadas que menciono, son: la contratación de personal de salud con prácticas en derechos humanos (parteras profesionales); contratación de personal de recursos humanos que activan la perspectiva de interculturalidad (traductoras); el abasto de pruebas de detección del VIH y sífilis; la disponibilidad de personal especializado en la atención a la violencia hacia las mujeres; facilitar el acceso económico cubriendo el traslado y alimentación de las mujeres durante el embarazo o el parto y el traslado para la atención en mujeres con VIH.

se suma la urgencia de capacitar al personal de salud en interculturalidad y en la actualización de diferentes normas de atención en salud sexual y reproductiva, en adolescentes y en salud materna - mismas que se publicaron durante el 2016 - y la aplicación de la vacuna de Virus de Papiloma Humano para las personas con VIH, haciendo especial énfasis en mujeres.

Por eso, a las Comisiones de Igualdad de Género, de Salud y de Presupuesto y Cuenta Pública que garantice:

  • Que en el cálculo de las ampliaciones en el PEF 2017 para el Seguro Popular y el gasto en Salud materna, sexual y reproductiva el en Salud—, se considere el recorte de 8.500 millones de pesos, aplicado a salud durante el año 2016.

  • Que el aumento de presupuesto vaya acompañado de la transparencia en su ejercicio; por ello es urgente mejorar el control del gasto y transparentar el Sistema de Protección Social en Salud. Nuestra propuesta es establecer en el Artículo 35 del Decreto del PEF 2017, la obligación de transparentar dichos recursos, mediante el acceso público al Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE1.

Las y los diputados tienen hasta el 15 de noviembre próximo para examinar, discutir y aprobar con responsabilidad, un presupuesto que responda a la necesidad de avanzar en recursos financieros e insumos conforme a la política pública de género, además de atender las desigualdades entre mujeres en el acceso efectivo a la salud y los rezagos en los servicios de salud.

 El SIAFFASPE es una plataforma en línea, administrada por la Secretaría de Salud y en la cual las entidades federativas registran el ejercicio del gasto de diferentes fuentes de financiamiento, sus indicadores y metas de los 36 programas de política pública en salud, incluidos todos los de salud sexual y reproductiva y atención a la violencia hacia las mujeres.

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