El Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México señaló que el proyecto de ley sobe desaparición de personas que envió el Ejecutivo no cumple con las medidas necesarias y es “una propuesta regresiva”

En un comunicado, explicaron que el proyecto de dictamen que envió el Poder Ejecutivo el pasado 19 de abril no recoge las propuestas que se trabajaron de forma colectiva con las organizaciones que representan a los familiares de personas desaparecidas.

Entre otras cosas mencionaron que no distingue entre personas desaparecidas vinculadas a un delito con el de no localizados; además demandaron que se vuelve a condicionar y subordinar las acciones de búsqueda.

En ese sentido enfatizaron que como consecuencia de saturarán las fiscalías especializadas y habrá una ineficacia en la localización de las personas dentro de las primeras 72 horas.

“La propuesta de construcción del Sistema Nacional de Búsqueda no atiende a una estructura de un sistema en relación a las funciones y las instituciones; no responde a una lógica institucional”, mencionó el Movimiento.

Sostuvieron que no habría una coordinación para la búsqueda de personas y no serviría de nada la construcción de un sistema si no opera con las herramientas necesarias como el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, el Banco Nacional de Datos Forenses, el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas, el Registro Nacional de Fosas y el Registro Administrativo de Detenciones.

El movimiento de familiares de personas desaparecidas, comentaron que en materia de investigación no se establecen las bases para una investigación efectiva; no se contemplan medios tecnológicos, mecanismos especiales de investigación y  estructura orgánica mínima.

“No cumple los estándares convencionales de la responsabilidad del superior jerárquico de acuerdo al artículo 6 de la Convención Internacional en la materia; es decir, la propuesta no incluye los elementos necesarios para garantizar que los superiores jerárquicos (mandos medios o más altos mandos) sean sancionados por no evitar o sancionar a sus subordinados por la comisión de desapariciones o por no facilitar su investigación o sanción por parte de las autoridades responsables”.

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