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El Comité de Quejas Médicas, la Comisión de Vigilancia del ISSSTE y el Órgano Interno de Control del Instituto, que depende de la Secretaría de la Función Pública (SFP), concluyeron que la atención médica que se brindó en el Hospital Regional Licenciado Adolfo López Mateos al ex director de la institución, Sebastián Lerdo de Tejada, previa a su muerte por infarto, “fue adecuada”.

Se certificó el cuadro clínico que presentó el funcionario: un infarto agudo al miocardio de rápida evolución y choque cardiogénico, situación que encuentra explicación en los antecedentes heredo-familiares y el estrés permanente propio de su actividad profesional.

Para los órganos de supervisión, la única irregularidad que se detectó, y que se sancionará, fue la que cometió el médico de la ambulancia que atendió a Lerdo de Tejada, pero únicamente porque consideraron que llenó mal el expediente clínico, el cual se determinó clasificar como confidencial.

Por ello, la SFP inició un procedimiento disciplinario el 2 de marzo de este año sólo contra el médico de la ambulancia que tiene más de 20 años de servicio, y únicamente porque no asentó los datos adecuados en el expediente clínico de Lerdo de Tejada. La sanción puede alcanzar una amonestación pública o privada.

Las instancias señaladas iniciaron una investigación a partir del video de tres minutos que difundió EL UNIVERSAL el 4 de septiembre de 2015, en el que se muestra que previamente a su fallecimiento el entonces director general del ISSSTE, Sebastián Lerdo de Tejada, la noche del 22 de mayo no recibió aparentemente la atención médica adecuada que marcan los protocolos para atender a un paciente que sufre de un infarto.

En torno a la situación se generaron más dudas a partir de la nota de defunción que extendió el área de Terapia Intensiva del Hospital Regional Licenciado Adolfo López Mateos y que hizo pública este diario el 1 de octubre de 2015, dado que al cotejar la nota con el video los horarios no coinciden y dejaban ver un lapso de entre seis a 11 minutos sin atención al paciente.

El video de las dudas. En la grabación que dio a conocer El Gran Diario de México se observa el momento en que Lerdo de Tejada ingresa al hospital por un pasillo que no es el de urgencias. En las imágenes se ve a tres paramédicos en aparente calma, dándole masaje en el corazón, que se interrumpe cuando la camilla en la que lo transportan sufre una avería.

Según la investigación realizada por el Órgano Interno de Control del ISSSTE, la camilla se atoró con un cubrebocas y, por protocolo de atención, se tuvo que frenar, situación que no puso en peligro la vida del paciente. También, señala que hubo maniobras de reanimación cardiaca que duraron entre 20 y 30 minutos.

En el video se observa que el paramédico que le masajeaba el corazón lo deja para ayudar a sus compañeros a reparar la rueda. El tiempo sigue y en ese momento se pierden unos 10 segundos, tiempo vital para un corazón que sufre un infarto, según cardiólogos consultados por esta casa editorial, sobre todo si el paciente aún no es atendido con un desfibrilador, como fue en el caso de Lerdo de Tejada.

Lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA-2013, referente a la Regulación de los Servicios de Salud, es que la atención que se dio en el Hospital Regional Licenciado Adolfo López Mateos al entonces director del ISSSTE, Lerdo de Tejada, no se ajustó al protocolo de atención médica como lo marca la normatividad.

Se establece que durante una urgencia médica el demandante del servicio se encuentra en un estado de gravedad tal que precisa atención inmediata para limitar la progresión de la enfermedad o daño físico que pone en riesgo su vida, un órgano o función.

En el apéndice B de la norma se indica que el servicio de urgencias debe contar con infraestructura física y equipamiento necesario, preferentemente en la planta baja del hospital; debe tener una sala de choque, carro rojo o de paro cardiorrespiratorio, un desfibrilador completo con monitor, cable para usuario con tres puntas y electrodos para monitoreo, mascarilla para oxígeno para adulto, tanque de oxígeno, válvula reguladora, además de un soporte.

El video muestra que el director general del ISSSTE, Sebastián Lerdo de Tejada, no fue atendido en primera instancia en el área de choque, que está ubicada en la zona de urgencias del hospital, ni tampoco se observa el uso del carro rojo con desfibrilador, que se debió utilizar de manera inmediata a la llegada del paciente al hospital. En las imágenes se ve al paramédico intentando reanimar al paciente con una sola mano, mientras avanza la camilla hacia los elevadores.

Tampoco hubo ningún médico especialista que atendiera la urgencia, por lo que se perdieron minutos vitales para una persona que como él presentaba un infarto al corazón.

La versión pública. En una versión pública que obtuvo EL UNIVERSAL, que elaboró el ISSSTE para dar a conocer el resultado de su investigación, en la que no se alude al video, se informa que desde el 27 de septiembre de 2015 la Comisión de Vigilancia del ISSSTE determinó que “en el caso de la atención brindada al ex director, no existieron incumplimientos detectados, señalando algunas áreas de oportunidad al servicio prehospitalario en general”, refiere el documento.

Después, la Subdirección de Atención al Derechohabiente convocó a cinco cardiólogos notables del instituto con la finalidad de emitir una opinión técnico-médica referente a la atención y al protocolo médico brindado, la cual fue sometida a discusión en la XV sesión extraordinaria del Comité de Quejas Médicas desde el 15 de diciembre de 2015.

La versión del ISSSTE indica que “la conclusión de este grupo colegiado fue que desde el punto de vista técnico-médico la atención brindada al paciente fue mediante personal capacitado y con infraestructura suficiente para atender el tipo de padecimiento que presentaba”.

En el caso, se asegura, “se siguieron los protocolos de acuerdo con la gravedad del caso, destacando su traslado en una ambulancia de cuidados intensivos del ISSSTE-Emergencias, en donde se aplicaron las medidas de soporte vital básicas y avanzadas”.

No menciona en ningún momento las escenas del video, donde se ve que no ingresa por el área de urgencias, y se asegura que “el paciente fue trasladado directamente a la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital Regional Licenciado Adolfo López Mateos debido a su estado crítico”.

En el texto se explica que “por las características del cuadro clínico, se trató de un infarto agudo al miocardio de rápida evolución y choque cardiogénico, situación que fue motivada por los antecedentes heredo-familiares y el estrés permanente propio de su actividad profesional”.

Incluso se asegura que este tipo de infartos tienen una mortalidad superior a 90% y se reporta que hasta 50% de los pacientes fallecen antes de recibir atención hospitalaria.

Las conclusiones. Derivado de los anteriores reportes, el Órgano Interno de Control del ISSSTE, que depende de la SFP, informa que llevó a cabo el procedimiento de investigación, con el registro 2015/ISSSTE/DE915, en el que concluyó el 16 de febrero del año en curso que “la atención médica otorgada al ex director fue adecuada”.

Para la Función Pública en este caso sólo “existieron deficiencias administrativas en los registros de atención médica prehospitalaria y hospitalaria atribuibles al médico de ambulancia adscrito al servicio ISSSTE-EMERGENCIAS que atendió al paciente”.

El Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control radicó, el 2 de marzo de 2016, el procedimiento disciplinario e insistió en que “estas irregularidades administrativas no incidieron directamente en la atención del paciente, puesto que versaron en el llenado de los formatos del expediente clínico correspondiente”.

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