El ministro Fernando Franco González Salas propuso al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no amparar ni proteger a los maestros que se oponen a la evaluación, al considerar que los derechos laborales no están por encima de una educación de calidad.

Ayer, los ministros iniciaron en análisis de los amparos presentados por el magisterio disidente contra el Congreso de la Unión y otras autoridades federal, tras la aprobación de las leyes de Servicio Profesional Docente, la General de Educación y del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Al presentar el proyecto relativo al amparo en revisión 295/2014, el ministro Franco González Salas enfatizó que “el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos”.

En ese sentido, los maestros tienen la obligación de someterse a evaluaciones para determinar no sólo su ingreso, promoción y reconocimiento, sino también en lo que hace a su permanencia en el servicio, previstos en los artículos 52, 53, y los octavo y noveno transitorios de la Ley General del Servicio profesional Docente.

Explicó que a raíz de la reforma educativa se creó un régimen de excepción para las relaciones laborales del personal docente que presta sus servicios al Estado, cuyas bases se encuentran ya no sólo en el artículo 123 constitucional, sino en el artículo tercero que tiene como base proteger el derecho de los niños a una educación de calidad. El proyecto indica que con la Ley General del Servicio Profesional Docente no se transgreden los derechos de los maestros, ya que de no acreditar la tercera evaluación no serán cesados sino que tendrán la oportunidad de continuar con su plaza pero en otras tareas.

Para los maestros que no tienen base, de ser insuficientes los resultados en la primera y segunda evaluaciones, deberán sujetarse a los procedimientos de regularización, siendo que, si la tercera evaluación también es insuficiente, procederá la separación del servicio sin responsabilidad para la autoridad.

El juez Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, de San Andrés Cholula, Puebla, Carlos Alfredo Soto, negó un amparo a los maestros en contra de las leyes secundarias de la reforma; los docentes recurrieron a la Corte.

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