El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la petición de la Procuraduría General de la República sobre incluir a los policías viales de Jalisco en las labores de investigación a cargo del Ministerio Público.


Mediante una acción de inconstitucionalidad, la PGR impugnó la Constitución Política del estado de Jalisco, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Jalisco y la Ley Orgánica de la Fiscalía estatal, por considerarlas contrarias a la Carta Magna federal.


Argumentó que ambas leyes orgánicas locales disponen que el Ministerio Público tiene la conducción y mando de las policías, con excepción de la vial, por lo que resulta contrario a la Constitución federal, sin embargo, al no alcanzar la mayoría de ocho votos en el Pleno sino obtener sólo seis, la petición de declaratoria de inconstitucionalidad de esta exclusión fue desestimada por los ministros.


Asimismo, declararon la invalidez del artículo 53 de la Constitución local que establecía que la investigación de los delitos correspondía exclusivamente al MP, debido a que el ordenamiento federal prevé que esa función incluye también a las policías que actúan bajo la conducción y mando del Ministerio Público.

cg

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