El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) alertó que una de las principales causas de incidentes a la seguridad de los datos personales se debe a los dispositivos incorrectamente desechados, reutilizados, perdidos, extraviados y robados.

El INAI recordó que hay personas que buscan obtener documentos, dispositivos de almacenamiento, equipo de cómputo, o cualquier elemento involucrado en el tratamiento de datos, con el objeto de recuperar dicha información utilizando diversos métodos o técnicas.

“Los métodos de recuperación de información pueden ir desde procedimientos casi artesanales, como de recolectar documentos rotos para buscar las piezas, y armarlo con cinta; hasta la utilización de software especializado en la recuperación de información borrada de un dispositivo de almacenamiento”.

En ese contexto, el INAI recordó que puso a disposición de los usuarios la Guía para el Borrado Seguro de Datos Personales, donde se explican los procedimientos que se deben seguir para primero bloquear, luego cancelar y por último destruir los datos personales cuando hayan cumplido su función.

Los procedimientos físicos como trituración, incineración o borrado por medios químicos, y los medios electrónicos como la restricción, la desvinculación de datos y por último su desaparición, pueden servir para el borrado de datos.

El Instituto recordó que la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) señala en su artículo 19 que “todo responsable que lleve a cabo el tratamiento de datos personales deberá establecer y mantener medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado”.

El artículo 37 del Reglamento de esa Ley dice que una vez cumplidas las finalidades del tratamiento, y cuando no exista disposición legal o reglamentaria que establezca lo contrario, se deberá proceder a la cancelación de los datos personales, previo bloqueo de los mismos, para su posterior supresión.

Con base en estas disposiciones normativas, los datos personales tienen que ser suprimidos, eliminados, borrados o destruidos una vez que hayan concluido las finalidades para las cuales se obtuvieron.

Así como los plazos legales, administrativos, contables, fiscales y jurídicos que obliguen a su conservación, siempre y cuando no tengan valor histórico.

jram

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