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politica@eluniversal.com.mx
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) debe entregar la lista con los nombres de personas bloqueadas, es decir, aquellas a las que se les congelaron sus fondos y activos por, presuntamente, estar relacionadas con organizaciones o actividades terroristas y con operaciones con recursos de procedendencia ilícita.
La lista se deriva de las resoluciones 1267 (de 1999), sucesivas y 1337 (de 2001) emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o las organizaciones internacionales.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), instruyó a la Secretaría de Hacienda, luego de que un particular se inconformara tras la respuesta de la dependencia que reservó la información por 12 años.
Lo que se solicitó a la Secretaría de Hacienda fue el listado de personas bloqueadas y el nombre de aquellos que se encuentren compurgando sentencia por delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procecedencia ilícita.
La dependencia federal advirtió que el listado está reservado por 12 años, por motivos de seguridad nacional, toda vez que se pondría en riesgo la seguridad de funcionarios, causaría un perjuicio a la persecución o prevención de delitos y porque afectaría la detección de actos u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Informó, sin embargo, que la lista derivada de la resolución 1267 (de 1999) puede ser consultada en un vínculo electrónico de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Antecedente mundial. “Por lo que hace a las personas sentenciadas por financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita, declaró un resultado de cero”, dio a conocer el instituto.
Durante el análisis que se hizo por parte del órgano de transparencia, se determinó que la información solicitada es accesible en versión pública.
Se revisó, además, la página de internet del Consejo de Seguridad de la ONU donde se localizó la resolución 1267 (1999) relacionada con [la red terrorista] Al Qaeda y la transcripción de una comunicación dirigida a la representación mexicana en las Naciones Unidas relativa a esa resolución.
El proyecto de resolución destaca que los nombres ya son públicos en la página del Consejo de Seguridad de la ONU y que, además, no se acredita la vulneración que se causa a la seguridad nacional con su difusión.
Por ello, el pleno del Inai resolvió modificar la respuesta de la Secretaría de Hacienda e instruyó entregar el listado con los nombres de las personas bloqueadas, es decir, de aquellas personas que se encuentren dentro de las listas derivadas de las resoluciones 1267 (1999), sucesivas, 1373 (2001) y las demás que sean emitidas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o las organizaciones internacionales.
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