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México prohibió la entrada a la papa proveniente de Estados Unidos por considerarla un “riesgo latente” a la biodiversidad y por la potencial amenaza de propagación de 63 plagas cuarentenarias.

Un juzgado federal ordenó a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) impedir el ingreso de papa fresca de EU e inaplicar dos artículos del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal por considerarlos inconstitucionales.

El juez José Francisco Pérez, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Sinaloa, argumentó que por violar los derechos humanos a un medio ambiente adecuado a la seguridad alimentaria, al desarrollo económico sustentable y a la legalidad ordenó a la Sagarpa inaplicar los artículos 54, 55, apartado A, fracciones XX a XXXI, y noveno transitorio del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, en los que se precisan medidas fitosanitarias para la importación de papas provenientes de Estados Unidos y otros países.

La Sagarpa señaló que no se trata de una sentencia definitiva, misma que será revisada por un Tribunal Colegiado, por lo que destacó que se mantendrá atenta a las resoluciones posteriores; fuentes de la dependencia federal indicaron que aún no hay fecha para establecer esta prohibición de la entrada de la papa estadounidense a México.

“La dependencia trabaja para mejorar la calidad de vida de los productores del campo y sus familias, así como para brindar cada vez mayores y mejores alimentos a la población”, enfatizó.

Al resolver el amparo, el Poder Judicial determinó que las autoridades responsables han actuado con omisión al incumplir la sentencia dictada previamente en un amparo colectivo, en la que se prohibió el ingreso de papa fresca procedente de EU, por constituir un riesgo latente a la biodiversidad y contaminación del suelo por la probable propagación de 63 plagas cuarentenarias que contiene el tubérculo.

Subrayó que a más de un año de la emisión de la primera sentencia, las medidas implementadas como barreras fitosanitarias tanto en el reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal son contrarias al análisis del riesgo efectuado por el órgano científico de la Sagarpa, el Consejo Nacional Consultivo Fitosanitario (Conacofi).

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