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Un Tribunal federal ordenó reponer el procedimiento a Sandra Ávila Beltrán La Reina del Pacífico en el juicio de amparo en el que le fue negada la liberación de sus cuentas bancarias.

El Primer Tribunal Colegiado en materia penal en la Ciudad de México revocó en revisión la sentencia emitida por el juez Cuarto de Distrito de Amparo en la materia, quien concluyó que Ávila Beltrán no acreditó ser titular de las cuentas bancarias que pretende recuperar.

La conclusión del juez de Distrito resultó de que durante el juicio La Reina del Pacífico no exhibió los contratos bancarios que la acreditan como propietaria de las cuentas.

En los informes del SAT y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores fueron exhibidas las respuestas que le dieron a Ávila Beltrán respecto a que el descongelamiento de cuentas sólo puede ser ordenado por la autoridad que emitió la medida precautoria, es decir, la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud de la SEIDO.

Los magistrados indicaron que el Juez Cuarto de Distrito no dio vista a La Reina del Pacífico para que pudiera ampliar su demanda sobre esas contestaciones y con ello la imposibilitó para impugnarlas, lo que constituyó una violación al procedimiento.

Beltrán promovió el amparo debido a que fue absuelta de las acusaciones en su contra por “lavado de dinero”.

La exoneración de La Reina del Pacífico fue emitida en febrero de 2015 cuando un tribunal federal de Jalisco revocó la sentencia condenatoria de cinco años de prisión que se le impuso por el lavado de 10 millones de pesos mediante la compra de seguros de vida con dinero del narcotráfico.

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