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El pleno de la Cámara de Diputados avaló, con 422 votos a favor, sanciones a las aerolíneas en beneficio de los usuarios cuando haya retrasos y cancelaciones en sus vuelos atribuibles a las propias líneas aéreas.

Remitidas al Senado, las reformas sancionan a las aerolíneas por demoras en sus vuelos de una a cuatro horas con el pago de alimentos y bebidas, así como una compensación a favor del usuario no menor de 7.5% o descuentos para vuelos posteriores.

Si la demora es mayor a cuatro horas el vuelo se considera cancelado y el permisionario o concesionario deberá reintegrarle el total del precio del boleto y una indemnización que no será menor a 25% del boleto, además de un transporte sustituto en el primer vuelo disponible.

Durante la estancia del pasajero por la cancelación del vuelo, la aerolínea dará al usuario acceso a llamadas telefónicas, envío de correos electrónicos, alimentos de conformidad de acuerdo a la espera, alojamiento en el hotel del aeropuerto o de la ciudad, cuando se requiera pernocta, y traslados terrestres.

Deberá dar transporte en fecha posterior que le convenga al pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo. Si por causas de fuerza mayor la aeronave aterriza en lugar distinto al de destino, el concesionario deberá trasladar al pasajero por los medios de transporte más rápidos disponibles hasta el lugar final.

En caso de que se produzcan cambios en el itinerario, o cualquier otra circunstancia, deberán informar de manera rápida al pasajero por teléfono, correos electrónicos, mensajes de texto o cualquier otro medio, al menos 24 horas antes de la salida.

Se avaló que los pasajeros podrán transportar, como mínimo y sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje cuando los vuelos se realicen en aeronaves con capacidad para 20 pasajeros o más y 15 kilogramos cuando la aeronave sea de menor capacidad.

Podrán llevar en cabina dos piezas de equipaje de mano, las dimensiones serán de 55 centímetros de largo por 40 de ancho y 25 de alto y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.

También, cuando un pasajero haya comprado boletos para un viaje redondo y por alguna situación no haya podido llegar a su primer viaje, tendrá derecho a solicitar el reembolso del boleto de su traslado de regreso sin ninguna penalización. Actualmente ambos embarques se pierden.

A pasajeros con discapacidad no se les podrán cobrar cargos adicionales por silla de ruedas o andaderas.

Bajar horas: Melgar. El senador Luis Armando Melgar celebró el aval al dictamen que fortalece los derechos de los pasajeros de aerolíneas cuando exista retraso en la hora de salida, pero dijo que no es suficiente.

Puntualizó que el dictamen presentado establece que cuando exista retraso en la hora de salida estipulada, y las aerolíneas sean responsables de este, el pasajero deberá ser indemnizado o compensado de acuerdo a diferentes criterios, como cuando la demora sea de una a cuatro horas, las aerolíneas deberán bonificar al pasajero descuentos para vuelos en fechas posteriores o alimentos y bebidas.

Dijo que las compensaciones deberían ser a partir de una hora de vuelo demorado y aplicar retribuciones por cancelación a partir de las tres horas de retraso. “Establecer políticas de compensación en la Ley es un gran avance, pero aún hace falta, debe existir mayor claridad para su plena aplicación, por ello seguiremos impulsando desde el Senado modificaciones que las hagan más específicas y estrictas en beneficio de los usuarios”, dijo Melgar.

Abren a la inversión. La Cámara de Diputados aprobó también con 280 votos a favor, 83 en contra y dos abstenciones, un dictamen para incrementar de 25 a 49% la participación de inversión extranjera en el transporte aéreo nacional regular y no regular; servicios de transporte aéreo internacional no regular en la modalidad de taxi aéreo, y servicio de transporte aéreo especializado.

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