Más Información
SCJN determina perfila que Samuel García, gobernador de Nuevo León, no puede ser separado de su cargo
Organizaciones civiles aseguran que México espía e investiga a defensoras de derechos humanos con el sistema de justicia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los principales preceptos contemplados en la reforma fiscal de 2013, tales como el gravamen a la comida chatarra y las limitantes a las deducciones.
Al resolver más de diez amparos promovidos por empresas de diferentes sectores la Segunda Sala de la Corte aprobó por unanimidad los proyectos realizados en ponencia conjunta que respaldaron casi en su totalidad la reforma a la Ley Fiscal impulsada por el presidente Enrique Peña Nieto.
De este modo fueron declarados como constitucionales las limitantes a las deducciones que podían hacer las personas físicas en el pago del ISR y la desaparición de los regímenes Simplificado y de Pequeños Contribuyentes.
Los ministros también validaron el gravamen del 8 por ciento establecido en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que se aplica a los alimentos chatarra, pues afirmaron que se trata de una medida que busca desalentar el consumo de los productos que provocan sobrepeso, obesidad y diabetes.
A través de este gravamen, la Secretaría de Hacienda calcula recaudar 17 mil 568 millones de pesos para 2017.
Las empresas argumentaron violación a derechos como la alimentación y el libre desarrollo de la personalidad, alegatos que fueron desvirtuados por la Corte al afirmar que dichos derechos sólo corresponden a personas físicas y no morales, naturaleza de los peticionarios del amparo.
afcl/ml