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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a la SEP dar a conocer los resultados obtenidos por los docentes de educación básica y media superior, así como del personal con funciones de dirección de educación básica, en la Evaluación del Desempeño Docente 2015-2016.

Dentro de la información que entregue, la dependencia deberá precisar el nombre del docente, RFC, CURP, clave de la plaza, nivel y modalidad educativa y centro de trabajo de adscripción con clave en turno, así como los puntajes que obtuvo en los cinco instrumentos de evaluación, el resultado global, el grupo de desempeño (suficiente, bueno o destacado) y la fecha en que presentó cada instrumento.

Un ciudadano que solicitó esa información se inconformó y presentó su recurso de revisión ante el Inai, porque la SEP proporcionó los vínculos electrónicos para consultar los resultados, clasificando como “confidenciales”, nombre, RFC y CURP de los evaluados.

El solicitante argumentó que la información es de interés y relevancia pública, ya que se refiere a aptitudes de las personas responsables de hacer efectivo el derecho humano a la educación de calidad.

En alegatos, la SEP dijo que hacer del conocimiento de la sociedad el nombre de los docentes y directivos evaluados, así como sus resultados representaría un claro perjuicio en su esfera privada.

Sin embargo, el comisionado Francisco Javier Acuña determinó que es de mayor importancia conocer los resultados de las evaluaciones a que son sometidos docentes y personal con funciones de dirección.

“La evaluación es un deber implícito a la función; ninguno de estos profesores fue adscrito por la fuerza cuando decidió, en el ejercicio de sus derechos fundamentales, dedicarse al muy noble oficio de la enseñanza”, subrayó el comisionado.

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