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Con voto dividido la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó imponer medidas cautelares a las empresas Televisa y TV Azteca por presunta modificación a la pauta electoral durante las emisiones de la visita del papa Francisco.
La Comisión determinó que los comunicadores en ambas televisoras emitieron mensajes antes y después de los spots del INE y de los partidos con motivo de la elección de la Asamblea Constituyente y para expresar su rechazo a éstos, no trasgredieron la ley, que prohíbe a los concesionarios la transmisión de cortinillas que afecten o modifiquen la pauta electoral.
En los mensajes, casi 10 en Televisa y 5 en TV Azteca, los comentaristas emitieron mensajes como “resulta que los defensores de la laicidad” son los que quieren aparecer “en plena transmisión de la visita del papa”; ésta “es aprovechada por los partidos políticos para hacer promoción”
O bien, “sabemos que es una jornada muy emotiva…los partidos quieren salir en la tele”, según los mensajes difundidos, contenidos en el expediente abierto por la vista que dio la Secretaría Ejecutiva a la Unidad de lo Contencioso del INE.
Pero con el voto de las consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, se resolvió que esas expresiones de los comunicadores no pueden equipararse con cortinillas, que ha prohibido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y que en todo caso debe privilegiarse el derecho a la libertad de expresión.
El consejero José Roberto Ruiz Saldaña votó en contra de esa postura, y a favor del proyecto original, que si consideraba la posible infracción a la ley y por tanto, la emisión de medidas cautelares a ambas televisoras.
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“Percibo un intento por generar antipatía a la transmisión de mensajes por eso se dice ´lamentablemente, vaya por un cafecito´ esas editorializaciones o manifestaciones … pueden generar un desánimo del radioescucha y televidente de no ver esos mensajes” y pretenden generar animadversión al modelo de comunicación política, explicó Ruiz.
“El derecho a la libertad de expresión no es absoluto, hay valores que proteger, en este caso que vaya integra la pauta” pues mencionó que se deben maximizar los derechos ciudadanos a informarse y no el de las concesionarias.
Presente en la sesión, pero sin voto, el consejero Benito Nacif aseguró que a su juicio esos comentarios no pueden equipararse con cortinillas y no representan daño irreparable al proceso electoral.
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“Por esa razón creo que no ameritan medidas cautelares…los spots se transmitieron de forma íntegra, dentro de los espacios de tiempos comerciales. No hubo incorporación de ningún contenido similar a las cortinillas sino opiniones de los conductores”, dijo.
La consejera Pamela San Martin, quien tampoco tiene voto, recordó que en 2009 las televisoras pusieron antes y después de la pauta electoral mensajes en las pantallas –cortinillas- para expresar que interrumpían la transmisión por ley.
Hubo amonestación pública, se detuvo esa práctica, y en 2015 hubo cortinillas en radio y se tuvieron que iniciar procedimientos porque “es un ejercicio sistemático que amparado en la libertad de expresión”.
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Cuando es sistemático revela una intención “son mecanismos para darle la vuelta a esa jurisprudencia “, advirtió.
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