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La Secretaría de la Función Pública (SFP) deberá dar a conocer una versión pública de la base de datos del Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades (SPAR) que da seguimiento de los servidores públicos que han incurridos en faltas y han sido sancionados.
Ello luego de que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) revocó a la respuesta que dio la dependencia a una solicitud presentada por un ciudadano, quien solicitó esa información.
Empero, la SFP declaró como “inexistente” la información solicitada en versión pública porque la misma se trata de un sistema de control y seguimiento interno. Por lo tanto la información, tal y como la requiere el ciudadano, no existe.
El comisionado Francisco Javier Acuña explicó que ese punto generó un agravio en contra del ciudadano por parte de la Función Pública.
Explicó que se llamó en alegatos a la dependencia para explicar por qué dice que la versión pública de ese sistema de control interno llamado SPAR, no está disponible en la modalidad que se solicitó.
Además dijo que se le pidió a la Dirección General de Tecnologías de Acceso a la Información del INIA una opinión técnica-tecnológica, que concluyó que sí se puede y que es factible hacer lo que pide el solicitante.
La comisionada Areli Cano aseguró que la información solicitada es totalmente susceptible para exportarse y generarse en formatos abiertos, lo cual es una premisa que tenemos nosotros en la Ley de Transparencia.
“Entonces, pues bien por las diligencias que en su momento hizo la ponencia para allegarse de mejores elementos y tener suficientes consideraciones para mejor proveer este tema”.
Acuña dijo que no puede haber excusas tecnológicas para que no se cumpla el derecho de acceso a la información. “No es que no quisiera el sujeto obligado cumplir, sino que dice: Bueno, mi formato no da, no alcanza a desagregar esta información, como la piden”.
Así el pleno del INAI ordenó a la SFP entregar una versión pública de la base de datos denominada “Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades”, en la cual deberá omitir la entrega de los datos personales de los servidores públicos como RFC, CURP, sexo, domicilio particular y número de teléfono particular o celular.
afcl
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