El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el cómputo total de votos de la elección federal, con lo que quedaron firmes las cifras que indican el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Humanista (PH) no alcanzaron el 3 % de sufragios necesarios para conservar el registro.

Así, el Instituto Nacional Electoral (INE) estará en condiciones de resolver, en una próxima sesión de su Junta General Ejecutiva (JGE), sobre la pérdida de los registros de esos institutos políticos como partidos nacionales.

En sesión que sostienen esta madrugada los magistrados del TEPJF también resolvieron todos los recursos relacionados con la conformación de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, pero no tuvo cambios y ésta quedó firme.

Los partidos PAN, PRD y Morena habían recurrido esa integración, pues consideraron que el INE permitió al PRI sobre representarse mediante diputados “cachirules”,  es decir, afiliados tricolores pero que llegaron postulados por el verde.

Según su querella, al no ser computados como priístas se le asignaron al PRI plurinominales que le permitirán tener una sobrerepresentación de al menos11% cuando la Constitución permite sólo 8%.

SE QUEDAN PT Y PH FUERA

Por unanimidad, el Tribunal validó los criterios con los que el INE realizó el cómputo de la votación válida emitida: deducir, de la suma de todos los votos en urnas, los votos nulos y los emitidos por candidatos no registrados.

El PT buscó que se restaran también los emitidos por candidatos independientes, para aumentar sus sufragios, pero esto no prosperó.

Ese cómputo, emitido el pasado 23 de agosto por el INE, arrojó que el PT obtuvo 1 millón 134 mil 101 votos, el 2.99 % de los sufragios y 856 mil 716 votos alcanzados por el Partido Humanista, 2.2% de votación válida emitida, tipo de votación que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) considera al resolver sobre el registro de los partidos.

VALIDAN “CACHIRULES”

Los magistrados también  consideraron infundados e inoperantes 10 recursos de reconsideración en los que PRD, PAN y Morena demandaron una nueva asignación de diputados plurinominales del PRI, por considerar que está sobre representado.

Los magistrados determinaron que no se deben contabilizar como diputados del PRI aquéllos militantes priístas que llegaron a San Lázaro postulados por el PVEM,  pues al contender en Coalición actuaron conforme a la ley.

Empero, en el debate no se pronunciaron respecto a si habría o no sobrerepresentación del PRI.

En otro recurso, la Sala Superior tampoco concedió al PT el derecho de tener acceso a plurinominales. Por ello sólo llegarán a San Lázaro los 6 diputados de mayoría relativa que ganaron sus distritos.

Adicionalmente, el TEPJF consideró infundada la petición del PT para que la asignación de diputaciones plurinominales espere a la elección extraordinaria pendiente de realizarse en el distrito 01 de Aguascalientes, donde fue anulado el proceso por la injerencia del gobernador Carlos Lozano.

También rechazaron, como argumentó el PT, que se violaran los principios de legalidad en cuanto que no se asentaron los datos y cifras en términos de las sentencias emitidas por el TEPJF al resolver los juicios y recursos promovidos para impugnar cómputos de diputados.

Los magistrados determinaron que las sentencias son documentación pública y por tanto ese partido “estaba en actitud de tomar en cuenta la información en esas ejecutorias para verificar si el cómputo total (hecho por el INE) estaba apegado a derecho o no”.

Por último, se confirmó la decisión del Instituto Estatal de San Luis Potosí de no entregar la prerrogativa por actividades ordinarias al PT –como lo pidió- púes está en periodo de prevención y por tanto los recursos se depositan en cuenta manejada por el interventor designado.

ml

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