Ya desde febrero del año pasado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones había determinado la separación funcional de Telmex y Telnor como resultado de la revisión bienal de las reglas impuestas a los preponderantes, y se inició un procedimiento para armar el plan a fin de separar los servicios mayoristas de los minoristas.

¿Qué es una separación funcional? Es el establecimiento de entidades diferentes que pertenecen al mismo dueño, pero operan actividades distintas, tienen contabilidades separadas, incentivos independientes y limitaciones en el intercambio de información y en el contacto de los empleados de las distintas compañías. La separación funcional encuentra su justificación en las empresas verticalmente integradas, en el caso de Telmex, según lo dice el propio IFT, en los servicios mayoristas de la red de acceso, así como otros servicios mayoristas y minoristas, existen fuertes incentivos y la capacidad de obstaculizar el acceso a los servicios mayoristas a sus competidores para proteger su posición en la provisión de los servicios al usuario final.

Así, según la resolución del IFT, Telmex y Telnor tendrán dos años para:

a) Constituir una nueva empresa subsidiaria que provea los servicios de desagregación de la red local, los enlaces dedicados locales y la infraestructura pasiva, bajo condiciones de no discriminación.

b) Presentar trimestralmente reportes de cumplimiento de las medidas de preponderancia.

c) Contar con un Consejo de Administración diferente de las empresas integrantes con título de concesión en materia de telecomunicaciones. Dicho consejo estará conformado por un mínimo de siete miembros, de los cuales la mayoría deberá ser independiente, incluido su presidente, quien tendrá voto de calidad.

d) Contar con un Comité de Auditoría y un Comité de Cumplimiento Regulatorio.

e) Contar con domicilios distintos a los de Telmex, Telnor y Telcel.

f) Tener marca propia, signos distintivos y nombres comerciales diferentes.

g) Contar con personal independiente, por lo que los empleados no podrán laborar al mismo tiempo en otra de las empresas integrantes del preponderante.

Ahora bien, la solicitud que lleva haciendo América Móvil por años a las autoridades para que le permitan prestar servicios de televisión de paga, tampoco se cristalizó esta vez. Qué mejor momento para lograr la convergencia e incluir a un competidor fuerte y frontal en el mercado de televisión de paga. El Estado Mexicano ha sido consistente en no permitir (suficiente) competencia en dicho servicio en el que Televisa tiene más de 60% de participación.

Mire usted, la reforma en telecomunicaciones excluyó a GTV de la preponderancia en tv de paga; la ley de 2014 permitió la concentración de empresas en este mercado con la posibilidad de compra de compañías de cable por parte de Televisa sin necesidad de solicitar autorización del Instituto —el famoso noveno transitorio—; la misma ley, el 39 transitorio, obligó al Instituto a investigar la dominancia en dicho mercado, pero determinó que Televisa no era dominante; por orden del Poder Judicial tuvo que volver a pronunciarse el IFT sobre el tema y dijo que siempre sí era dominante, pasó un año sin emitir las reglas asimétricas respectivas esperando, sin fundamento, que la Corte revocara su resolución, y así sucedió porque tenía varios errores.

Ahora, otra vez, como parte del proceso de separación funcional, se puso sobre la mesa la entrada de Telmex a televisión, pero no. La OCDE, expertos internacionales y nacionales han recomendado la convergencia, mientras Televisa incrementa su participación en ese mercado, único mercado cuyos precios han subido desde la reforma de 2013 y, a pesar de todo esto el Estado Mexicano ha decidido seguir impidiendo que se confronte directamente el poder de Televisa. Las reglas asimétricas no llegarán pronto y tampoco la vía de la competencia agresiva.

Pero más allá de la convergencia, la separación funcional en sí misma presenta retos importantes. El judicial, Telmex ya anunció que impugnará la resolución del Instituto; el laboral, el sindicato de telefonistas no está muy contento con esta decisión; el de política pública, pues no es claro que los beneficios sean superiores a los costos, y ni siquiera ha dado a conocer el regulador cómo se alinean los incentivos de los diferentes actores, qué hitos deben lograrse, en qué tiempo, con qué métricas se medirá su éxito o fracaso, qué defectos del mercado se estarían corrigiendo, por qué la separación funcional en estos términos resulta idónea frente a otras opciones y tampoco hay un análisis serio de los efectos en la competencia, en el mercado y en el usuario final de permitir o impedir la entrada de Telmex a televisión.

No digo con todo esto que la separación funcional sea una mala medida, veremos qué análisis nos da a conocer el Instituto cuando publique la resolución completa, lo que sí parece ya ridículo, son las acciones que han alineado las instituciones del país para que se mantenga el statu quo en el mercado de tv de paga, ahí está su reforma estructural.

Megamulta Telcel. Que dice la Suprema Corte de Justicia que siempre no era repetición del acto. El miércoles pasado, por unanimidad de votos, la segunda sala declaró infundado el recurso 1386/2016. Ya le contaba yo a mediados de diciembre del año pasado que había un proyecto de sentencia en la Corte que proponía destituir al presidente del IFT Gabriel Contreras por una supuesta repetición del acto, específicamente de la resolución del Pleno que determina que no puede juzgar a Telcel dos veces por la misma conducta en el caso de la megamulta. Pero ante la amenaza de destitución, el Instituto se espantó y cambió su resolución el 13 de diciembre, concluyendo que sí se acreditaron los hechos denunciados por Televisa y que Telcel sí incurrió en una práctica monopólica relativa que causó una afectación a la competencia. ¿Qué pasó aquí? ¿Exóticas orquestaciones de diferentes instancias del Estado? Se ve muy extraño todo esto, pero lo más preocupante es la falta de defensa del Instituto de sus resoluciones, otro golpe a su autonomía… de papel.


*Presidenta de Observatel y profesora de la Universidad Iberoamericana en México.
Este artículo refleja la posición personal de la autora twitter @soyirenelevy

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