La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válido que el Poder Judicial de Tlaxcala remueva a sus jueces de primera instancia al cumplir los 65 años.

Durante la sesión de ayer, los ministros analizaron una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la Constitución de Tlaxcala que faculta al Consejo de la Judicatura local a remover a los jueces del Tribunal Superior de Justicia al tener 65 años cumplidos.

Por unanimidad los ministros aprobaron el proyecto de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, con lo que declararon que la separación por razones de edad, calificada por la CNDH de discriminatoria, es constitucional. La CNDH impugnó el artículo 84 de la Carta Magna de Tlaxcala en el que se establece que el Consejo de la Judicatura local puede remover a los jueces de primera instancia que tengan 65 años cumplidos, tomando en consideración la opinión del pleno del Tribunal Superior de Justicia de la entidad, como si fuera un procedimiento sancionatorio.

La Corte estableció una interpretación del texto en la que indicó que la separación del cargo a los 65 años es forzosa y no una facultad discrecional del Consejo de la Judicatura.

Esto, a pesar de los señalamientos de la comisión que indicaron que la Constitución de Tlaxcala excluye a un grupo determinado de personas marginándolas de la misma oportunidad de laborar como jueces, respecto de otros, por su edad.

El proyecto fue realizado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea quien expuso que la Constitución de Tlaxcala no es restrictiva al derecho de igualdad y no discriminación.

Durante la votación, el ministro Javier Laynez Potisek enfatizó que considera válido el retiro forzoso de los jueces de primera instancia a los 65 años de edad debido a que una vez jubilados reciben una pensión vitalicia.

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