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La iniciativa para regular el cultivo, producción de la amapola o planta de opio con fines médicos y científicos prevé reformar la Ley General de Salud, el Código Federal Penal y el Código Federal de Procedimientos Penales.
Plantea modificaciones para regular el cultivo de la amapola, con sanciones que van de uno a seis años de cárcel a quien cultive el enervante de manera ilegal; así como conservar las cosechas que hayan sido aseguradas por el Ministerio Público.
La iniciativa busca modificar la Ley General de Salud, para que la secretaría en la materia se encargue del control sanitario y del cultivo de la amapola, así como de la autorización sanitaria para establecimientos dedicados al proceso de fármacos, psicotrópicos, incluyendo el cultivo, además de la producción de opio.
Expone que según datos de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), el consumo per cápita de medicamentos derivados del opio en México muestra una tendencia creciente durante el periodo de 2000 a 2013.
Para el cultivo de papaver somniferum o “adormidera”, comercio o tráfico de estupefacientes en el interior del país, la Secretaría de Salud fijará los requisitos que deberán satisfacerse y expedirá permisos especiales de adquisición o de traspaso.
Entre los cambios al Código Federal de Procedimientos Penales se señala que cuando se trate de plantíos de “adormidera”, el Ministerio Público vigilará su aseguramiento y entrega a la Secretaría de Salud, para que proceda a su disposición final.
Se explica que con la legalización de la siembra de amapola, se espera “que se generen beneficios económicos para los agricultores que la cosechen”.
Se prevé que la producción se realice en lugares donde ya existe un conocimiento de su producción, genere un aumento de empleos y de las rentas que se generen por esta nueva actividad lícita.
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