La Procuraduría General de la República (PGR)  atrajo para su investigación el caso de un médico del hospital del  ISSSTE en la ciudad de Torreón, quien se encuentra preso acusado de violar a una joven paciente de 18 años de edad que se encontraba inconsciente en el área de terapia intensiva.

Al respecto la Delegación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Coahuila dio a conocer, este martes por la tarde, que fue separado  provisionalmente de sus labores al médico Juan Antonio Benítez González, a fin de realizar la investigación administrativa correspondiente ante las acusaciones de las que es objeto.


Se aplicará la normatividad del Instituto y si se comprueba que el inculpado es responsable sería despedido y perdería su plaza.

“A la espera de la resolución del procedimiento que le siguen autoridades federales, se actúa conforme a la normatividad interna lo que implica la suspensión provisional como médico del Hospital General de Torreón “Francisco Galindo Chávez”, señaló la institución en un comunicado de prensa.

También dijo que lleva a cabo una investigación exhaustiva al interior del nosocomio para esclarecer los hechos y de encontrarse culpable al galeno se procederá conforme a la normatividad del ISSSTE.

El jueves 02 de julio pasado, Benítez González dijo al vigilante que iba a atender a una paciente que presentaba una hemorragia y entró al área de Terapia Intensiva, minutos después llegó el papá de la joven y se dio cuenta que el doctor manipulaba con sus dedos los genitales de su hija y que además estaba borracho.

El señor sacó al abusador a empujones del lugar y posteriormente presentó la demanda ante el Ministerio Público (MP) de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

Aunque el delito de violación en primera instancia es competencia del Fuero Común, pero fue cometido por un servidor público en instalaciones de una institución federal, la jurisdicción es concurrente con la Federal, por eso interviene la PGR.


Respecto a estos hechos, “de los cuales tomó conocimiento la Procuraduría General de la República, el ISSSTE mantiene su compromiso de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de sus derechohabientes, actuando bajo los más estrictos criterios de legalidad, honestidad, transparencia, no discriminación e integridad”, estableció el Instituto en otro boletín de prensa.


Por tanto, afirmó, se colabora en forma estrecha con las autoridades competentes para el esclarecimiento de los hechos hasta que se deslinden responsabilidades y se acatará cualquier determinación que se emita.


Garantizó además que se  aplicarán sanciones conforme a las reglas internas en contra de quien o quienes resulten responsables.


En el artículo 23 de las Condiciones Generales de Trabajo del ISSSTE, se establece que  son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para la trabajadora o el trabajador y el Instituto:


I. La prisión preventiva de la trabajadora o el trabajador seguida de sentencia absolutoria;

II. El arresto de la trabajadora o el trabajador.

Además en el artículo 42 se ratifica la suspensión temporal del trabajador en caso de ser detenido.

cd

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