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Con el tiempo encima, el Poder Legislativo se encuentra a menos de dos semanas de aprobar la normatividad reglamentaria a la reforma a la Ley Federal de Trabajo publicada en el Diario Oficial de la Federación en febrero de 2017, y que estableció un año para lograr tal cometido.
El cambio supone un nuevo modelo en la resolución de problemas en la materia. Desaparecerán las Juntas de Conciliación y Arbitraje hasta ahora dependientes de los poderes Ejecutivos —federal y locales— para dar lugar a tribunales laborales que estarán adscritos al Poder Judicial. También se crearán centros de conciliación, los cuales serán el primer filtro para evitar que los conflictos lleguen a los juzgados.
La característica que ha dominado en las juntas de conciliación a lo largo de un siglo de historia es el rezago. En febrero del año pasado, cifras de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje registraban que 300 mil expedientes estaban en espera de resolución y cada año en promedio 83 mil trabajadores inician una demanda contra sus empleadores. Llevar a juicio a patrones resulta en una virtual prueba de resistencia, además de representar una interminable travesía por oficinas y audiencias.
Especialistas en derecho laboral han explicado en estas páginas que luego de que un juicio es resuelto, pueden pasar años antes de que se ejecute la resolución, sea la reinstalación del trabajador o el pago de salarios caídos. Burocracia y lentitud operan usualmente contra el trabajador, mientras desde la otra parte se acusa a la falta de presupuesto como el origen de los retrasos. La dilación también afecta a quienes generan empleos.
Es clara la existencia de una situación anómala que frena la aplicación expedita de justicia y que requiere solución inmediata.
Al Poder Judicial se le viene también un reto enorme cuando el país aún está terminando de asimilar el sistema de justicia oral.
Lograr un clima laboral justo y que dé certeza tanto al empleado como al trabajador puede resultar inclusive en un impulso a la productividad y a la llegada de inversión.
Por las razones anteriores el documento que presenten los legisladores debe ser una vía de resolución expedita a los conflictos obrero-patronales, sin que se mutilen los derechos alcanzados por el trabajador. En sus manos está que el marco que regirá la resolución de conflictos cumpla con las expectativas.
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