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A 11 meses de la creación de la Secretaría de Cultura y medio año después de la fecha anunciada para su divulgación, ayer fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura.

Expedido el pasado 4 de noviembre por el presidente Enrique Peña Nieto, el Reglamento, que entra en vigor a partir de hoy miércoles, consta de ocho capítulos y 35 artículos. Establece la creación de dos subsecretarías: la de Desarrollo Cultural, y la de Diversidad Cultural y Fomento a la Lectura. De manera paralela crea la Oficialía Mayor y la Unidad de Asuntos Jurídicos.

El reglamento reorganiza distintas áreas del entonces Consejo Nacional para la Cultura y las Artes en 12 direcciones generales: de Bibliotecas; del Centro Nacional de las Artes; de Comunicación Social; de Culturas Populares, Indígenas y Urbanas; de la Fonoteca Nacional; de Promoción y Festivales Culturales; de Publicaciones; de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural; de Vinculación Cultural; de Administración, y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Reglamento de Cultura establece continuidad
Reglamento de Cultura establece continuidad

Define como órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Cultura a los institutos Nacional de Antropología e Historia (INAH), Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM), Nacional del Derecho de Autor (Indautor) y a Radio Educación.

El documento precisa las facultades del secretario en su artículo quinto y menciona, entre otros puntos, que será el encargado de “determinar, dirigir y coordinar las políticas públicas de la Secretaría de Cultura”, así como establecer las políticas de desarrollo de las entidades paraestatales sectorizadas a dicha Secretaría. También es facultad del secretario “conducir la política nacional en materia de cultura con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”.

Ahí mismo, establece que el secretario expedirá el Manual de Organización General de la secretaría de Cultura, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación, así como los demás manuales de procedimientos y de servicios al público de dicha dependencia. Estos manuales, cuya fecha de publicación aún no se ha precisado, marcarán con mayor precisión cómo se estructurarán las direcciones y cómo será que operen las entidades paraestatales. El secretario tendrá también entre sus atribuciones la de aprobar el anteproyecto de egresos de la Secretaría.

Crean subsecretarías. La subsecretaría de Desarrollo Cultural tendrá entre sus facultades coordinar festivales culturales, de la Secretaría, y los programas de acceso a los bienes y servicios culturales; promoverá que niños y adolescentes accedan a manifestaciones culturales y artísticas.

La subsecretaría de Diversidad Cultural y Fomento a la Lectura coordinará los programas de estímulo a la creatividad cultural, las acciones de turismo cultural, los programas de publicaciones, la elaboración de la Agenda Digital y las acciones de fortalecimiento del tejido social, entre otras.

Se establece, en el artículo 27, que los órganos administrativos desconcentrados —entre estos INAH e INBA— estarán jerárquicamente subordinados a la Secretaría y que se regirán tanto por sus instrumentos jurídicos de creación como por la disposiciones del propio reglamento, disposiciones de otros ordenamientos jurídicos, y las que encomienden el Presidente de la República o el Secretario.

El Reglamento no define cuál será la situación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas ni de áreas como Canal 22, Imcine, el Centro de Capacitación Cinematográfica o el Centro de la Imagen, entre otras.

Dudas y aciertos. De acuerdo con el especialista en temas culturales Carlos Villaseñor, el reglamento pone orden a la secretaría y establece los mecanismos de operación, pero ha dejado huecos que es preciso corregir como qué ocurrirá con dependencias como la Cineteca Nacional, Canal 22, entre otros, así como las obligaciones del INAH y las de la Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural; también hay dudas sobre cuál será la relación de la Dirección de Asuntos Internacionales con dependencias como la Secretaría de Relaciones Exteriores, y con qué es lo que se entiende como “cultura mexicana” que, establece el documento, se deberá llevar a otros países; uno más de los vacíos es cómo trabajará Vinculación Cultural con estados y municipios y por qué no se establecieron delegaciones que faciliten esta relación.

Villaseñor sostuvo que en el reglamento hay más “inquietudes que certezas” y que también queda pendiente determinar cómo con este nuevo esquema, que incluye a las dependencias que serán consideradas como paraestatales, se va a articular el presupuesto. de la dependencia.

Para el analista Carlos Lara, autor del libro La reforma cultural: el pendiente de la transición democrática y la alternancia política, hay aciertos dentro del documento, como establecer que el Ejecutivo sea parte del proceso de políticas públicas culturales.

“Lo que debemos resaltar es que haya más instrumentos en el tema de cultura”, indicó Lara.

Y añadió: “No será posible tener un reglamento perfecto, sobre todo cuando se tienen confrontados a los institutos y existen sospechas de que se actúa de manera ventajosa y que hay tendencias de acotar los ámbitos de operación. Lo que tenemos es un reglamento que fue posible”.

En entrevista con EL UNIVERSAL, Luis Cacho, director general jurídico de la Secretaría de Cultura, explicó que las dependencias: IMCINE, Cineteca Nacional, Centro de Capacitación Cinematográfica, Centro Cultural Tijuana, Estudios Churubusco, Canal 22, Educal y el Instituto Nacional para las Lenguas Indígenas, no aparecen en el reglamento interno porque “no son materia de la dependencia”, ya que quedarán establecidos como paraestatales, mientras que los órganos administrativos desconcentrados: INBA, INAH, INEHRM, Indautor, y Radio Educación sí fueron incluidos porque “tienen una relación jerárquica directa con la Secretaria de Cultura”.

“Las paraestatales estarán bajo una coordinación, mientras que los desconcentrados sí dependen directamente de la Secretaría”, explicó el funcionario.

Al respecto, Carlos Villaseñor, indicó: “El punto es que eso debió quedar en el reglamento”.

Mientras, dijo Luis Cacho, las escuelas que contempla la nueva Dirección General del Cenart, conservarán su naturaleza y dependencia del INBA: “Lo que tiene que ver con la educación artística es competencia del INBA, como lo prevé su propia ley”.

Otras de las dudas del documento que entra hoy en vigor son las funciones que tendrán el INAH y la Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural, al respecto, Cacho sostuvo: “Se tuvo especial cuidado para que no hubiera duplicidad de funciones y se buscó delimitar las competencias de cada uno. El INAH conservará su carácter normativo, expedirá los permisos, autorizaciones respecto a las zonas y monumentos históricos, arqueológicos y paleontológicos. Mientras que Sitios y Monumentos deberá realizar las obras en inmuebles que sean patrimonio cultural, propiedad de la Federación. Por ejemplo, en todas las iglesias del siglo XIX y anteriores, que son propiedad federal y que por naturaleza son monumentos históricos, las obras que se deban hacer ahí, las realizará Sitios; los permisos para realizar las obras los dará el INAH”.

Respecto a las inquietudes de diversos sectores, especialmente de los sindicatos, como evitar que se restara autoridad al INAH y al INBA, Cacho indicó: “Eso no ocurrió de ninguna manera, siguen conservando su naturaleza y sus atribuciones”.

El director general jurídico también precisó que los derechos laborales de los trabajadores, tanto de la Secretaría, como de las paraestatales y los desconcentrados, se conservan en su totalidad.

Sobre los organismos que desaparecen en este nuevo organigrama como la Dirección General del FONCA, Cacho sostuvo que el Fondo se conserva como se planeó en su origen en 1989, es decir, como un mandato.

“El FONCA seguirá operando como siempre, pero será ejercido por la propia Secretaría de Cultura. Seguramente quedará dentro de la Subsecretaría de Desarrollo Cultural”, dijo.

Mientras que la Dirección General de Culturas Populares no desaparece, sino que amplía sus funciones y ahora se dedicará también a asuntos indígenas y urbanos.

El Festival Internacional Cervantino tampoco desaparece, pero se suma a la Dirección General de Promoción y Festivales Culturales.

Y la dirección que se crea desde cero es la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones: “No estaba contemplada en la estructura de la Secretaría de Cultura, pero con el programa que inició con el Conaculta y que se ha continuado con la Secretaría, referente a la agenda digital, se estableció esta dirección”, dijo.

La Subsecretaría de Desarollo Cultural, la Subsecretaría de Diversidad Cultural y Fomento a la Cultural, así como la Oficialía Mayor y la Unidad de Asuntos Jurídicos, dependerán directamente de la Secretaría.

En tanto las direcciones generales dependerán de estas cuatro oficinas. La estructura final se publicará en el Diario Oficial en las próximas semanas en el Acuerdo de Adscripción que emitirá el propio secretario.

Y en el Acuerdo de Sectorización se señalarán cuáles son las paraestatales que quedan en el sector coordinado por Cultura; éste será emitido por el Presidente de la República.

Sólo la Dirección General de Comunicación Social y la de Asuntos Internacionales quedarán bajo la subordinación del secretario.

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