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Información como el nombre y domicilio de los usuarios de telefonía móvil, el tipo de comunicación que realizan ―ya sea voz, datos, así como mensajes de texto o multimedia― y su geolocalización, son algunos datos a los que tienen acceso las autoridades del país.

“Permiten saber de manera precisa datos sensibles sobre una persona. Por ejemplo, al conocer la geolocalización se puede saber a dónde va, qué patrones de movimiento existen y se pueden desprender cuestiones como el estado de salud, las preferencias políticas, sexuales, relaciones, amistades”, ejemplificó Luis Fernando García, director de la Red de Defensa de los Derechos Digitales (R3D).

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si es o no constitucional que la autoridad acceda a los datos de los usuarios de telecomunicaciones.

Sin embargo, el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán justifica que es constitucional la solicitud y acceso a la información de las personas que usan telefonía móvil.

El amparo fue interpuesto por la organización, ya que les preocupa el riesgo de que se tenga acceso a estos datos de manera ilícita, tanto por ataques informáticos como por corrupción, “incluso la autoridad reconoce la vulnerabilidad de estos datos”, señaló el director de R3D.

Además, dijo, si la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve negar el amparo a R3D, se sienta un mal precedente en el contexto de violencia e inseguridad que se vive en el país, pues el proyecto del ministro no deja claro si se necesita o no una autorización judicial para que la autoridad acceda a los datos de los usuarios.

En el caso de la geolocalización es claro, al señalar que no se requiere de una orden judicial, con el argumento de la celeridad que requiere contar con esos datos en caso de secuestro.

Para resolver ese problema, R3D propuso “mecanismos de emergencia” para que mientras se accede a los datos, se solicite la autorización judicial para poder justificar el uso de la información del usuario.

“Lejos de ser una herramienta para recuperar la seguridad y paz de la ciudadanía, es precisamente una herramienta para vulnerarla”, declaró.

La semana pasada, la Corte resolvió un proyecto similar donde negó el amparo que buscaba limitar el acceso a datos de usuarios de celulares.

"Los dos proyectos son omisos y generan incertidumbre jurídica que nos daña a todos", aseguró García.

Del mismo modo, si la Corte permite el acceso a los datos a cualquier autoridad, esto se aleja de las decisiones sobre la protección de datos personales tomadas por tribunales internacionales.

“Sobre todo en el contexto de violencia, de delincuencia organizada como del Estado que facilita o es cómplice de la delincuencia y lejos de ponernos en una situación en la que podamos recuperar la seguridad como ciudadanía, esta decisión puede comprometerla”, aseguró García.

Al tercer trimestre de 2015 había en el país 107.1 millones de usuarios de telefonía móvil en el país, de quienes será posible acceder a sus datos cuando así lo solicite la autoridad.

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