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La Presidencia de la República y la Secretaría de Relaciones Exteriores publicaron este viernes el decreto donde entra en funciones el Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de Estados Unidos y el Gobierno de México a partir del próximo domingo 21 de agosto.

Conocido como el Convenio Bilateral Aéreo, permitirá que cualquier aerolínea mexicana o estadounidense pueda transportar pasajeros entre ciudades de ambos países sin límite de frecuencias, destinos o capacidad de las aeronaves.

Antes, estos servicios estaban limitados a dos aerolíneas por cada par de ciudades.

El decreto publicado en el Diario Oficial destaca que el acuerdo le permitirá a las aerolíneas, la posibilidad de ofrecerle al público de turismo, negocios y comercio, una variedad de opciones de servicio, alentando la competencia en tarifas innovadoras y competitivas.

El convenio permite volar a través de ambos países sin aterrizar y hacer escalas en ambos países para fines no comerciales.

“Cada país tendrá el derecho de designar cuantas líneas aéreas desee para la operación del transporte aéreo internacional de conformidad con este acuerdo y de cancelar o modificar tales designaciones”, detalla el Diario Oficial.

Cualquiera de los países puede revocar, suspender o limitar las autorizaciones de operación o permisos técnicos de una aerolínea cuando dejen de cumplir las leyes, reglamentos y no mantengan los estándares de seguridad.

Las aerolíneas tendrán el derecho de establecer oficinas en el otro país para promover su venta de boletos.

Al aterrizar en el otro país, las aeronaves estarán exentas de cualquier restricción a la importación, impuestos sobre propiedad y gravámenes sobre el capital.

Las tarifas serán fijadas por las aerolíneas conforme al mercado.

tcm

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