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En marzo, Agustín Carstens, Manuel Ramos Francia, Roberto del Cueto, Javier Guzmán y Manuel Sánchez, entregan su declaración de intereses bajo protesta de decir verdad como miembros de la Junta de Gobierno del Banco de México (Banxico).

La información se va a hacer pública sólo si el funcionario del banco central da su autorización previamente y por escrito, debido a que se va a revelar información de familiares y de nexos económicos y financieros, así como de los lugares en los que han trabajado.

Esta es la primera vez en la historia del Banco de México que el gobernador del instituto y los cuatro subgobernadores hagan su declaración de intereses o de conflicto de intereses, porque actualmente sólo realizan la declaración patrimonial cada año como cualquier otro funcionario.

Este ejercicio se aplicó hace un año a los miembros del Comité Técnico del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo (FMP) que preside el secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray, y del que forma parte el gobernador del Banxico, Agustín Carstens.

Precisamente por esta medida para fortalecer la transparencia, tuvo que renunciar uno de los miembros del comité técnico del FMP, pues Arturo Fernández, rector del ITAM, tiene nexos con Alberto Baillères, empresario con negocios de energía.

De acuerdo con las reglas para la declaración de intereses de los servidores públicos del Banco de México, la primera se debe entregar a la dirección de Control Interno, a partir del 14 de marzo y a más tardar hasta el 15 de abril del presente año.

Además de los miembros de la Junta de Gobierno, están obligados a presentarla quienes ocupen en la institución puestos de subgerente o superior, así como aquéllas que por la naturaleza de sus funciones se señalen en el Reglamento Interior.

Deben dar a conocer puestos, cargos, comisiones, actividades o poderes que desempeñan en órganos directivos o de gobierno en personas morales con fines de lucro, o en sociedades, consejos, sindicatos, actividades filantrópicas o consultoría; ya sea que reciba o no remuneración.

De ubicarse en alguno de estos supuestos, en la declaración el servidor público debe dar datos como nombre y domicilio de la persona física o moral, naturaleza del vínculo con la persona física o moral, antigüedad del vínculo en años, frecuencia con la que participa en persona física o moral, especificando el número de ocasiones anuales, mensuales u otra.

También si ha participado en la dirección o administración, antes o en el servicio público, tipo de persona moral en la que participa, instituciones de derecho público, sociedades o asociaciones de derecho privado.

Deben revelar el tipo de colaboración o aporte como cuotas, servicios profesionales, participación voluntaria, participación remunerada entre otros. La anterior información se va a referir al declarante, así como, en caso que tenga conocimiento de ello, a su cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos.

No se deberán de reportar los cargos ex oficio.

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